22:31 › NO PODRáN SUPERAR EN MáS DEL 25 POR CIENTO LOS INTERESES QUE SE PAGAN POR CRéDITOS PERSONALES

La Corte limitó los intereses de las tarjetas de crédito

La Corte Suprema de Justicia limitó los intereses que cobran los bancos a los usuarios de tarjetas de crédito, en el marco de una causa impulsada por "Proconsumer", una asociación de protección al consumidor, contra el Banco Itaú Buen Ayre para que dejara de aplicar a sus clientes intereses que superaran el tope establecido en la leyes vigentes.

La Corte requirió, además del reintegro de las sumas percibidas en virtud del incumplimiento de dicho límite, los intereses sobre el capital a restituir, y confirmó la sentencia que ordenó la devolución de los importes reclamados, a los cuales se aplicarán "los mismos intereses que el banco percibe de sus clientes cuando éstos incurren en mora, de modo de reparar íntegramente a los usuarios y restablecer la equidad entre las partes".

De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 25.065 ("Interés compensatorio o financiero"), los intereses compensatorios o financieros no podrán superar en más del veinticinco por ciento (25) a la tasa que los bancos apliquen a los préstamos personales.

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