Jueves, 14 de julio de 2016 | Hoy
16:38 › TRAS EL FALLO QUE FRENA EN LA PROVINCIA EL TARIFAZO EN LA LUZ
El juez en lo Contencioso Administrativo 1 de La Plata indicó que con la sentencia de ayer, que declara la nulidad de los incrementos en la luz aplicados en la provincia de Buenos Aires, las empresas distribuidoras del servicio eléctrico "deben retrotraer la resolución al cuadro tarifario anterior".
Tras ese fallo “no solamente no se pueden cobrar aumentos de acá en adelante, sino que las distribuidoras deben devolver todo lo que se haya facturado de más”, subrayó Luis Federico Arias durante una conferencia junto con asociaciones de consumidores y cooperativas.
“Se declaró la nulidad de la Resolución 22/16 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense, y en consecuencia se obliga al Oceba (Órgano de Control de la Energía Eléctrica bonaerense) a que comunique a todas las distribuidores de las provincia que deben retrotraer la resolución al cuadro tarifario anterior”, explicó.
La medida afecta a las empresas Edelap, EDES, EDEA, EDEN y las alrededor de 2 mili cooperativas que no podrán cobrar el aumento. En el fallo difundido por Télam, el magistrado hizo lugar a una medida autosatisfactoria promovida por el Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ).
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