Martes, 14 de agosto de 2012 | Hoy
ECONOMíA › EL GOBIERNO CREó LA AGENCIA DE ADMINISTRACIóN DE BIENES DEL ESTADO
La agencia realizará un inventario y concentrará la gestión de todas las propiedades para eficientizar su uso. Las distintas jurisdicciones tienen noventa días para informar el detalle de los bienes que poseen.
El gobierno nacional dispuso la creación de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que reemplazará al Organismo Nacional de Administración de Bienes (Onabe), que actuaba bajo la órbita del Ministerio de Planificación, según el decreto publicado ayer. La agencia actuará como un organismo descentralizado con autarquía económica y personería jurídica propia, dentro del ámbito de la Jefatura de Gabinete. El Ejecutivo nacional será el que designe sus autoridades. El nuevo ente dictará el marco legal sobre la administración de los bienes inmuebles del Estado nacional en uso, concesionados o desafectados. En tal sentido, el decreto también estableció la conformación del Registro Nacional de Bienes Inmuebles del Estado, encargado de ingresar, registrar y dar de baja bienes que integran el patrimonio estatal. Las jurisdicciones nacionales deberán en un plazo de noventa días informar sobre la existencia de inmuebles y los contratos vigentes.
“Resulta necesaria la creación de un organismo descentralizado”, destaca el decreto en sus considerandos. Esta necesidad radica en que los bienes del Estado y los derechos sobre ellos son activos que deben ser administrados de forma integrada con los restantes recursos públicos. Sin embargo, la dispersión de inmuebles que existe en distintas jurisdicciones del Estado imposibilita su disposición y administración. “Por ello, resulta coherente y necesario completar el sistema de gestión financiero gubernamental”, agrega. También hay actualmente una multiplicidad de normas que rigen la administración y disposición de inmuebles. “Esto configura un plexo normativo que no se ajusta a las necesidades actuales y futuras de tales bienes en razón de su fragmentación normativa”, agrega.
La agencia responderá al jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y será conformada por un presidente, con rango de secretario, y un vicepresidente, con rango de subsecretario, ambos designados por el Ejecutivo. La entidad tendrá el control permanente de la actividad inmobiliaria estatal e intervendrá en toda operación relacionada con la totalidad de los organismos del sector público nacional, según consta en el decreto 1382 publicado en el Boletín Oficial, el que además dispone la disolución de la Onabe, que se creó en 2000 y que estaba bajo el control de la cartera de Planificación, la cual es conducida por Julio De Vido.
El Poder Legislativo y el Judicial también deberán brindar al Ejecutivo información sobre bienes afectados a sus respectivas jurisdicciones, para una registración unificada. El decreto establece que dentro de un plazo de noventa días hábiles desde la entrada en vigencia de la medida, todas las jurisdicciones y entidades comprendidas deberán informar sobre la existencia de inmuebles propiedad del Estado nacional, así como sus condiciones de uso y personal afectado al mismo. No obstante, se aclara que el Servicio Administrativo Financiero (SAF) correspondiente a cada jurisdicción o entidad comprendida en el decreto tendrá a su cargo la custodia, mantenimiento y conservación de los bienes asignados en uso.
La agencia tiene entre sus funciones proponer las políticas, normas y procedimientos respecto de la utilización y disposición de los bienes inmuebles, coordinar la actividad, interviniendo en toda medida de gestión que implique la celebración, ya sea a título oneroso o gratuito, de los siguientes actos: adquisición, constitución, transferencia y extinción de derechos, locación y asignación de uso. También podrá contratar obras y servicios que hagan al cumplimiento de sus misiones y funciones de conformidad a la normativa vigente.
El decreto subraya que los contratos constituidos sobre los bienes objeto de la presente medida mantendrán su vigencia hasta su finalización, no pudiendo ser renovados, dado que esa facultad será competencia de la nueva agencia. “Mientras dure la vigencia de dichos contratos, su administración será responsabilidad del organismo que detente la custodia del bien”, agrega la medida en sus considerandos. En este caso se incluye a los bienes ferroviarios, que serán administrados por la agencia “cuando por cualquier causa finalice la concesión, o de los bienes muebles que se resuelva desafectar de la explotación ferroviaria”. Por último, se establece que los ingresos provenientes de la adquisición de los inmuebles, constitución, transferencia, modificación o extinción de otros derechos reales o personales y, de locaciones, asignaciones o transferencias de su uso, ingresarán directamente a las cuentas del Tesoro Nacional, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.
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