ECONOMíA › UNA CAMARA CONTRA LOS BONOS A ESTATALES Y JUBILADOS
Que el Estado se ponga cash
La Cámara de la Seguridad Social dispuso que el Estado deberá devolver en efectivo lo adeudado por el recorte del 13 por ciento que se aplicó a los salarios públicos y jubilaciones entre julio de 2001 y diciembre de 2002. El ex presidente Duhalde, a instancias de Roberto Lavagna, había establecido que la deuda se pagaría mediante un bono en pesos a 5 años. En el Ministerio de Economía dicen que van a estudiar el tema, pero que usualmente en este tipo de casos se apeló a la Corte Suprema.
Los camaristas Luis Herrero y Juan José Etala, con la disidencia de su colega Emilio Fernández, declararon “inaplicables por inconstitucionales” las disposiciones contenidas en el decreto 1819/02. Mediante ese decreto, el gobierno de Duhalde determinó el cese del recorte, que empezó a aplicarse en julio de 2001, cuando Domingo Cavallo era ministro de Economía de De la Rúa, a partir de enero de 2003. Y ordenó restituir el retroactivo con bonos del Estado nacional en virtud de la situación de emergencia económica, a excepción de los jubilados mayores de 80 años, que cobrarán en efectivo.
Posteriormente, el Ministerio de Economía decidió la emisión de Boden 2008, un título en pesos, con un interés del 2 por ciento anual, reajustado por el CER, para instrumentar el pago de la deuda. Dichos bonos serían cobrados por jubilados y estatales en 10 cuotas semestrales.
El fallo de la Cámara responde a una denuncia de inconstitucionalidad presentada por el defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.
En su voto, el juez Luis Herrero consideró que “en mérito al cambio sustancial operado en las variables de la economía y al envilecimiento de los sueldos, jubilaciones y pensiones que el mismo trajo aparejado (...) deviene inaplicable en la presente causa el segundo párrafo del artículo primero del decreto 1819/02”, que establece el pago en bonos. El magistrado señaló, además, que “hemos llegado a la situación de virtual quiebra del Estado porque los gobiernos de las últimas décadas (...) ejercieron desorbitadamente el poder saliéndose de los carriles que fija la Constitución”.
“¿Nuestro país habría llegado a la situación actual si el Poder Judicial hubiera tomado una actitud principista y se hubiera negado a apuntalar ese desmesurado avance del poder estatal? ¿Qué hubiera pasado, por ejemplo, si la Corte Suprema de Justicia se hubiera negado a convalidar las distintas leyes de emergencia económica?”, se preguntó Herrero.
El camarista Etala adhirió a los conceptos de su colega, pero el juez Fernández objetó la legitimación del defensor del Pueblo para obrar como actor en el expediente, aunque puntualizó que “mi personal inclinación pueda llevarme a una adhesión a la solución propiciada por el doctor Herrero”.
A fines del año pasado, la Corte Suprema dictaminó que la rebaja unilateral y por tiempo indeterminado de salarios del 13 por ciento era inconstitucional y ordenó el reintegro del dinero apropiado por el Estado durante casi un año y medio. Pero dejó abierta la puerta legal para que el Gobierno establezca la forma de restitución, o al menos así lo interpretaron Duhalde y Lavagna, que resolvieron la emisión de los bonos mencionados.
El ombudsman de la Tercera Edad porteño, Eugenio Semino, consideró que el fallo de la Cámara para devolver en efectivo el retroactivo adeudado debe aplicarse “sin más postergaciones”. “Esta nueva decisión de la Justicia ratifica nuestro reclamo incansable para que jubilados y pensionados cobren en pesos lo que les robaron”, agregó.