ECONOMíA › FALLO DE LA CORTE CONTRA LA DOLARIZACION DE UN DEPOSITO
Una más a favor de la pesificación
Basándose en la teoría “de los actos propios”, la Corte Suprema falló en contra del amparo de un ahorrista que había aceptado la devolución pesificada de su depósito en dólares y ahora reclamaba el monto original en dólares.
Pero no define sobre la cuestión de fondo.
Por Irina Hauser
Entre carteles, bombos, petardos y cacharros de protesta de los seguidores de Nito Artaza, la Corte Suprema resolvió por unanimidad rechazar el amparo de un ahorrista que había aceptado que el banco le devolviera pesos pero luego reclamó la diferencia hasta cubrir su depósito original en dólares, al valor de mercado. Los supremos basaron su fallo en la teoría “de los actos propios”: el que aceptó recuperar sus ahorros bajo determinadas condiciones ya no puede cuestionarlas. Esta decisión apunta, para beneplácito de las entidades bancarias y del Gobierno, a frenar otros planteos del mismo tipo. Pero no dice nada sobre la legalidad de la pesificación. Para eso habrá que esperar un largo rato.
El caso testigo que eligió la Corte es el de Gerónimo Cabrera, que en 2002 aceptó recuperar un depósito de 32 mil dólares a 1,40 pesos pero luego exigió la diferencia a pesar de que no había hecho reservas para iniciar acciones posteriores. Es uno de los llamados amparos “de segunda generación”, una denominación que usan en Tribunales para diferenciarlos de los recursos presentados por quienes desde un principio reclamaron dólares y nunca aceptaron pesos.
Un sector clave de la Corte sostenía que si convalidaba un reclamo como el de Cabrera abría las puertas para una avalancha de recursos similares. En cambio, al rechazarlo reducía una amenaza: según los datos que el Banco Central le dio al tribunal el volumen de dinero en juego en posibles amparos de segunda generación es muy superior al que ya cobraron ahorristas con amparos redolarizadores. Los números decían que de los 35.000 millones de dólares que fueron pesificados, los ahorristas llegaron a recuperar por amparos de “primera generación” 6000 millones de dólares y falta que retiren unos 1000 más. Los 27.000 millones restantes corresponden a personas que aceptaron pesos y se los debía considerar como litigantes en potencia.
Después de seguir todo ese razonamiento, un miembros de la Corte festejaba satisfecho: “Institucional y económicamente es mucho más importante el fallo que firmamos ahora que el que sigue pendiente sobre la constitucionalidad de la pesificación”. El mismo pensamiento es compartido por el Gobierno y los bancos, que esperaban una señal de este tipo “para dar otro paso en la normalización del sistema financiero”, según afirman en la Casa Rosada. El FMI también seguía con atención el tema y tenía expectativas de una resolución como la que salió.
Entre Sus Señorías, compartieron un mismo voto Augusto Belluscio, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Elena Highton de Nolasco. Rechazaron el recurso de amparo por considerarlo “improcedente” y se basaron en que nadie puede contradecir sus propios actos (o doctrina del “voluntario sometimiento”) y si aceptó pesos ya no puede demandar dólares. Además, dijeron, no logró fundamentar un estado de necesidad. Con excepción de Enrique Petracchi, que siempre se excusó por tener plata en el corralito, los demás se plegaron al voto mayoritario con argumentos propios. El criterio podría variar, está por verse, para los ahorristas que dejaron sentado con antelación que iniciarían acciones judiciales y para los que logran justificar que acataron la pesificación por una urgencia.
A la reunión plenaria, los ministros llegaron con el asunto prácticamente definido. El que hizo retoques fue Antonio Boggiano. Aunque nunca pensó apartarse de la mayoría, hasta el día anterior planeaba presentar un voto que llevaría un análisis de la cuestión de fondo convalidando la pesificación y el resto de las medidas económicas posteriores a la devaluación. Al final no encontró seguidores y se guardó el borrador para la posteridad. “Ah... no, si ahora cambia el voto yo quiero tiempo para estudiarlo”, atacó Adolfo Vázquez. Petracchi, que preside el tribunal, reaccionó: “Hoy se vota o se vota”.
Después de ese pico de tensión, mientras crecía el ritmo y el volumen de los gritos de los ahorristas, los jueces se pusieron de acuerdo. Coincidieron en que “el voluntario sometimiento de los interesados a un régimen jurídico, sin expresa reserva, determina la improcedencia de su impugnación ulterior”. “Al tratarse de derechos patrimoniales –de los cuales su titular puede disponer e incluso renunciarlos expresa o tácitamente–, si aceptó el pago de su depósito” en pesos “sin efectuar reserva alguna no puede sustraerse de las consecuencias de dicho acto”.
Carlos Fayt redondeó los mismos conceptos pero rescatando el voto del destituido Eduardo Moliné O’Connor en el amparo que la Corte concedió a San Luis. Boggiano, en sus fundamentos, acentuó que el amparo sólo “es inadmisible cuando no media arbitrariedad o ilegalidad manifiestas”. Vázquez criticó a sus pares por postergar miles de amparos “mucho más antiguos que el presente” que piden redolarización.
“Todavía no hay voluntad en el tribunal para resolver sobre el fondo”, dijo uno de los ministros a este diario. Otro coincidió pero añadió que el fallo de ayer marca el rumbo al que apunta la Corte: convalidar el corralito y la pesificación. Pero, dicen los pronósticos cortesanos, esto demorará meses. Antes, los supremos intentarán ratificar la pesificación de los créditos hipotecarios, prendarios y los obtenidos fuera del sistema financiero.