ECONOMíA
Golpe de la Justicia a la política de Lavagna de frenar los amparos
Un fallo de Cámara declaró inconstitucional el decreto que suspendió los pagos de amparos. Crítica a la intervención del Banco Central.
Por Claudio Zlotnik
La Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró ayer la inconstitucionalidad del decreto que suspendió los pagos por amparos. La decisión judicial representa un nuevo golpe para el Gobierno, quien fracasó en todos sus intentos por frenar la fuga de los ex plazos fijos, ahora reconvertidos en cedros. Si bien el decreto preveía que el congelamiento en el retiro de depósitos duraría 120 días, el rechazo judicial ocurrió mucho antes: a sólo 35 días después de haberse publicado en el Boletín Oficial.
La declaración de inconstitucionalidad se aplicó en el caso de Osvaldo Luis Vaccarezza, quien demandó a la Banca Nazionale del Lavoro con el objetivo de recuperar sus ahorros encerrados en el corralito. Vaccarezza apoyaba su reclamo en dos pilares: parte de su depósito se había constituido con dinero proveniente de una indemnización laboral y en el hecho de que debía realizarse una delicada y costosa operación quirúrgica. Ambas cláusulas son válidas de reclamo, según las normas del Banco Central. Sin embargo, en primera instancia, la Justicia había rechazado la solicitud.
El fallo que declaró la inconstitucionalidad de la norma fue la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. En los fundamentos, los magistrados Jorge Héctor Damarco, Martha Herrera y María Inés Garzón de Conte Grand destacaron que el decreto en cuestión, el 1316/02, “establece una clara injerencia en el ámbito decisorio propio del Poder Judicial”. Y agrega: “Las atribuciones de cada uno (de los poderes constitucionales) le son peculiares y exclusivas”. En otro duro párrafo de los camaristas se declara que la norma del Gobierno debe “examinarse como un eslabón más de la cadena de obstáculos que tienden a frenar el actuar del Poder Judicial”.
En efecto, el Gobierno tomó varias medidas intentando frenar la salida de depósitos. Pero resultaron infructuosas. Tanto la ley tapón, sancionada en abril, como este decreto que suspendió la efectivización de los amparos no impidieron que continuara la fuga desde los bancos. Según datos preliminares, en el Banco Central calculan que este mes saldrán 1200 millones de pesos por amparos exitosos. Y que este caudal se mantendrá hasta fin de año. El dato es clave porque el Fondo Monetario presiona al Gobierno para que ponga un freno definitivo a los amparos. Ante el fracaso de sus intentos, la última respuesta dada por el Gobierno en relación a este tema fue que intentaría llegar a un acuerdo con la Corte Suprema para que el máximo tribunal le diera una mano salvadora avalando el corralito. En vista de las últimas jugadas de los supremos es muy probable que esa “ayudita” no pase de ser una ilusión del oficialismo.
Otro de los párrafos del fallo de la Cámara es revelador del actual contexto económico, en el cual el BCRA auxilia a los bancos para que éstos hagan frente a los amparos: asegura que “se estaría sustituyendo a la entidad financiera, que es la deudora y es quien debe cumplir la orden judicial, por el órgano estatal de control del sistema financiero (Banco Central), transmitiéndole la responsabilidad del pago del depósito, lo que hace recaer en la comunidad todo el riesgo empresario, comprometiendo reservas federales (...) destinadas al bien común de todos los ciudadanos”. En virtud de la declaración de inconstitucionalidad, los camaristas ordenaron la devolución del 80 por ciento del depósito del ahorrista en dólares (moneda original) o su equivalente en pesos, según el tipo de cambio libre.