Miércoles, 2 de abril de 2008 | Hoy
EL PAíS › EL JUEZ TORRES RECHAZó EL PEDIDO DE EXCARCELACIóN DEL REPRESOR RICARDO MIGUEL CAVALLO
Para la Justicia argentina, el ex integrante de los grupos de tarea de la Escuela de Mecánica de la Armada lleva apenas un año y dos meses detenido. El juez consideró que por “la gravedad” y “reiteración” de los hechos no corresponde la excarcelación.
Por Irina Hauser
Para la Justicia argentina, el represor Ricardo Miguel Cavallo está preso desde hace sólo un año y dos meses, aunque se encuentre físicamente detenido desde agosto de 2000 por iniciativa de los tribunales españoles. Ese es uno de los argumentos que utilizó el juez federal Sergio Torres para rechazar, ayer, el pedido de excarcelación presentado por el marino, apenas llegó extraditado para ser juzgado por los crímenes cometidos desde la ESMA. También señaló que, de por sí, “la gravedad” de los delitos de los que está acusado lo convierten en un personaje cargado de “peligrosidad”. Y anticipó que por la “reiteración” de los hechos que se le atribuyen –asesinatos, torturas, desapariciones y apropiación de bienes de las víctimas– es imposible que reciba una condena atenuada o en suspenso capaz de justificar que espere el juicio oral en libertad.
Cavallo reclamaba que lo liberen por los casi ocho años transcurridos desde que fue detenido en México a raíz de una investigación del periodista José Vales. Por entonces, en Argentina las leyes de impunidad todavía obstaculizaban los juicios por los crímenes del terrorismo de Estado. Por eso España, aplicando el principio de la justicia universal, inició el proceso de extradición para juzgarlo por genocidio, torturas y terrorismo durante la última dictadura argentina. La investigación estaba en su etapa final, pero a mediados de marzo la Sala III de la Audiencia Nacional de Madrid sobreseyó al represor y archivó la causa, entre otras razones por considerar que ya están dadas las condiciones para juzgarlo en el país donde ocurrieron las desapariciones. La fiscalía y la querella apelaron.
Torres, que tiene a cargo la megacausa ESMA, había pedido la extradición a fines de 2006 tras una primera declaración de incompetencia de la Audiencia española. España abrió ese nuevo proceso de extradición el 30 de enero de 2007 y, según dice el juez en la resolución de ayer, es a partir de ese momento que se debe calcular cuánto lleva detenido. Y distingue entre el juicio que se lleva a cabo en España y el que se hará aquí: se juzgarán casos diferenciados. En su juzgado y en la fiscalía de Eduardo Taiano están haciendo un análisis pormenorizado para que no haya superposiciones que le permitan al acusado alegar “doble juzgamiento”.
Cavallo, alias “Sérpico”, fue indagado el lunes por apropiación de bienes de desaparecidos a través de su participación en una asociación ilícita conformada por varios miembros de uno de los grupos de tareas de la ESMA. Torres explica que son hechos íntimamente relacionados con los “delitos de lesa humanidad” cometidos en ese centro clandestino por los que, desliza, también será indagado. El desapoderamiento de bienes que se le atribuye a Cavallo, dice el juez, fue cometido “aprovechando ese contexto” de las actividades del grupo de tareas 3.3, “las cuales eran impunemente desplegadas, al amparo y con anuencia del Estado”.
La resolución recuerda que, a la luz del derecho internacional, esos crímenes “no deben quedar sin castigo y que, a tal fin, hay que adoptar las medidas en el plano nacional e intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean sometidos a la acción de la justicia”. Excarcelarlo atentaría contra ese compromiso. “La gravedad de los hechos que resultan materia de investigación –agrega– hacen viable que se califique con el grado de peligrosidad la conducta del procesado.” Esto abarcaría también el riesgo de fuga y de entorpecer la acción de la Justicia.
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