Martes, 24 de marzo de 2009 | Hoy
EL PAíS › PROCESARON Y EMBARGARON POR 200 MILLONES DE PESOS A MENEM EN LA CAUSA THALES
El juez Oyarbide lo procesó por “administración infiel” en la concesión del espacio radioeléctrico. Para la Justicia, la empresa Thales incumplió sus obligaciones porque no la controlaron desde el Estado.
Mientras la Justicia decide si Carlos Menem cometió “administración infiel” en perjuicio del Estado en la concesión del espacio radioeléctrico a una empresa extranjera, por las dudas lo embargó en 200 millones. Además de estar sometido a juicio oral y público en la causa por el contrabando de armas, este procesamiento que le dictó el juez federal Norberto Oyarbide se suma a la decena que ya tiene al ex presidente como protagonista.
El sumario se inició ante la denuncia anónima sobre irregularidades derivadas del proceso de licitación mediante concurso público nacional e internacional para la concesión de los servicios de administración, gestión, control y comprobación técnica de emisiones del espectro radioeléctrico. El contrato fue adjudicado a la empresa “Thompson Spectrum de Argentina SA”, luego denominada “Thales Spectrum de Argentina SA”, por el directorio de la Comisión Nacional de Comunicaciones mediante resolución 716 y decreto 217/98 del Ejecutivo. Se denunció que la concesionaria habría incumplido con sus obligaciones gracias a la falta de control por parte de la Comisión Nacional de Comunicaciones, así como el pago de sobornos a funcionarios del Gobierno. La causa tomó nuevo impulso a partir de 2001 gracias al trabajo del fiscal federal Guillermo Marijuán, con la participación de la Oficina Anticorrupción (OA).
Para Oyarbide está “acreditado” que “la totalidad de los mecanismos de control existentes no fue utilizada por ninguno de los organismos bajo la dirección inmediata de Menem, habiendo enderezado éste su accionar a favorecer la situación privilegiada en que se encontraba la firma Thales Spectrum de Argentina SA”.
El magistrado, con la intervención del secretario federal Jorge García Davini, concluyó que las bases originales del contrato fueron modificadas para perjudicar al Estado, ya que se acordaron penalidades por un monto máximo considerado “irrisorio”. La Sala II de la Cámara Federal fue la que dejó sin efecto los sobreseimientos de Roberto Carlos Catalán, Roberto Eliseo Uanini, Juan Carlos Cassagne y Jorge Justo Neuss, funcionarios y directivos de Thales Spectrum, respectivamente, y dispuso en diciembre último los procesamientos entre los que agregó el del ex secretario de Comunicaciones, Germán Kammerath.
A Menem se le imputó haber recibido dinero para posibilitar la concesión y haber actuado en connivencia con los funcionarios de la Comisión Nacional de Comunicaciones y los directivos de la firma Thales Spectrum de Argentina SA para la obtención de un lucro indebido por parte de la empresa. En su descargo, el ex presidente negó haber incurrido en el delito de cohecho pasivo y aclaró que su actuación como presidente en el marco de las funciones asignadas al PEN “son actos de gobierno no justiciables”.
Sin embargo, la explicación no convenció a Oyarbide, que consideró que Menem debía conocer las irregularidades existentes tanto en el proceso de licitación cuestionado como las deficiencias del servicio contratado. El juez afirmó que Menem, con el dictado de normas, así como también por su “clara inacción, omitiendo actuar ante situaciones irregulares que perjudicaron notoriamente el patrimonio del Estado Nacional”, permitió a la adjudicataria una infundada permanencia en la explotación del servicio oportunamente licitado, a un excesivo costo y en perjuicio notorio contra el Estado Nacional”.
El magistrado evaluó que existió una “íntima relación” entre las irregularidades en el proceso de selección del contratista y las omisiones posteriores en cuanto a la falta de control de las prestaciones acordadas y la ausencia de imposición de sanciones”. Para Oyarbide, el ex presidente incumplió con los deberes a su cargo “al no disponer los resguardos indispensables para proteger el interés público”.
Con relación al delito de cohecho, el magistrado recordó que se encuentran pendientes de contestación pedidos de informes cursados a Francia y a Suiza que “resultan plenamente determinantes a dichos efectos”, por lo que decidió que era adecuado “diferir el dictado de un pronunciamiento” sobre esa parte de la acusación hasta que no lleguen esos informes desde el exterior.
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