EL PAíS › LA CONFESION DE VIDELA Y LA INTELIGENCIA DE GENDARMERIA

De ayer a hoy

El gobierno no tuvo tiempo de celebrar el reportaje en que el ex dictador Videla valoró su política contra las violaciones a los derechos humanos de ayer, cuando debió ocuparse de los derechos humanos de hoy a raíz de una grave denuncia. La auditoría sobre el Proyecto X (iniciado en 2005 durante la gestión de Aníbal Fernández) permitirá a Nilda Garré profundizar la política contra la criminalización de la protesta social.

 Por Horacio Verbitsky

El extraordinario reportaje al ex dictador Jorge Videla realizado por un periodista español respalda la posición de los organismos defensores de los Derechos Humanos y su puesta en práctica por los presidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández. Videla aceptó hablar con el periodista y sociólogo español Ricardo Angoso, porque está vinculado con los microorganismos que definen como presos políticos a los detenidos por crímenes de lesa humanidad. Más allá de la subjetividad de Angoso, debe agradecérsele que permita a los más jóvenes conocer de primera mano el pensamiento y la acción del ex jefe supremo, a quien no conocieron. El reportaje tiene un enorme valor histórico porque define con exactitud la abigarrada trama de complicidades que hizo posible la catástrofe. Por ejemplo, Videla dice que:

- Las Fuerzas Armadas ofrecieron cuatro cursos de acción y el gobierno justicialista eligió el más drástico y rápido. El presidente interino Italo Luder les dio “licencia para matar”.

- Con tan amplios poderes “casi no hubiera sido necesario dar el golpe de Estado”, que se debió a “otras razones”. Así alude al “peor crimen de la dictadura, la miseria planificada de millones”, como escribió Walsh.

- El líder de la oposición, Ricardo Balbín, le preguntó si estaban “dispuestos a dar el golpe”. Videla lo interpreta como otra licencia. “Los radicales apoyaban el golpe, estaban con nosotros”.

“Los empresarios también colaboraron”, por medio del ministro de Economía Martínez de la Hoz.

- “Mi relación con la Iglesia Católica fue excelente, muy cordial, sincera y abierta”, porque “fue prudente”, no le creó problemas ni siguió la “tendencia izquierdista y tercermundista” de “otras iglesias del continente”. Condenaba “algunos excesos”, pero “sin romper relaciones”. Con el presidente de la Conferencia Episcopal, Cardenal Raúl Primatesta, hasta “llegamos a ser amigos”. Sobre el conflicto interno, que Videla llama guerra, “también tuvimos grandes coincidencias”.

- Además “teníamos a los capellanes castrenses asistiéndonos y nunca se rompió esta relación de colaboración y amistad”.

- Por primera vez, Videla admitió el método del secuestro de personas y su posterior asesinato. El vocablo desaparecido, que usaron por comodidad, para no dar explicaciones, fue “encubridor de otras realidades”. Dijo que los asesinados así habían sido 7.000, el mismo número que reconoció Díaz Bessone. Añadió que “sabemos quiénes murieron y en qué circunstancias”.

- Consideró “correcto” el enfoque de los tres niveles de responsabilidad de Alfonsín, quien “se ciñó al derecho”, actuó “con decoro” y en “forma prudente”. Además dictó las leyes de punto final y obediencia debida. “Aunque cometió errores, la Justicia funcionaba”.

- Menem enmendó esos errores y “cumplió a través de los indultos”.

- El peor momento para los militares ocurre “con la llegada de los Kirchner al gobierno. Ha habido una asimetría total en el tratamiento a las dos partes enfrentadas en el conflicto”.

- Hoy “la República está desaparecida”, porque no hay justicia sino venganza.

El Proyecto X

El gobierno no tuvo tiempo de celebrar esta inesperada reivindicación, cuando el canal de noticias del Grupo Clarín concedió su espacio central a una grave denuncia, que llevaba tres meses en la Justicia y de la que sólo este diario había dado cuenta. En noviembre del año pasado, el delegado Javier Hermosilla sostuvo que Gendarmería realizaba tareas ilegales de Inteligencia durante cortes y movilizaciones, lo cual dio lugar a un expediente en el juzgado de Norberto Oyarbide. Según sus respectivos buscadores electrónicos, ni Clarín ni La Nación habrían considerado digna de su atención la denuncia cuando se presentó. En cambio, en enero, La Nación publicó una entrevista apologética al jefe de personal de Kraft Foods, Sergio Prendoné Pita. Cuando aún no había terminado el programa, la ministra de Seguridad Nilda Garré envió a tres funcionarios a revisar los materiales acumulados en la sede de Gendarmería y dejó bajo precinto los lugares donde se guardaban. En su página electrónica, Garré descalificó a los políticos que acusaron de “vulnerar derechos y perseguir manifestantes y luchadores sociales” al gobierno que, como reconoce Videla, terminó con la impunidad para los crímenes del terrorismo de Estado y sostuvo “la no criminalización de la protesta social y los límites a la acción policial en esas situaciones”. Agregó que no decidiría sin reflexión pero que sería inflexible si se confirmara el espionaje. Para ello ordenó una auditoría sobre el contenido del software denominado Proyecto X, cuyas conclusiones se conocerán luego de Carnaval.

En su respuesta a Oyarbide, el Director Nacional, Héctor Schenone, reveló que poseía tres bases de datos:

- SAG (Sistema de Antecedentes de Gendarmería), que permite la consulta on line de “antecedentes de personas, armas y vehículos” sobre los cuales la justicia haya dictado medidas cautelares, y sus movimientos en las fronteras.

- SGO (Sistema de Gestión Operativa), en el que se registran todos los procedimientos policiales y judiciales realizados por la Gendarmería.

- Proyecto X, definido como “herramienta de análisis y orientativa en causas judiciales, así como en apoyo informativo a Unidades Operativas de Investigaciones Judiciales e Inteligencia criminal”. Incluye las propias actuaciones sobre lavado de activos de origen delictivo, para responder a jueces y fiscales que piden identificar lugares, vehículos y personas.

A su manera

Schenone agrega que esas tareas pueden realizarse ante la presunta comisión de un delito de acción pública de acuerdo con el artículo 183 del Código Procesal, pero lo interpreta a su manera. Dice que el personal podrá realizar la tarea en forma discreta o encubierta (vistiendo de civil), con el fin de “impedir que los hechos cometidos sean llevados a consecuencias ulteriores, individualizar a los culpables y reunir las pruebas para dar base a la acusación”. Pero sólo la parte encomillada corresponde al código, que se refiere a delitos, no a manifestaciones sociales, en las que de ninguna manera contempla la actuación policial encubierta o de civil. Por el contrario, está prohibida por las normas establecidas por el Ministerio de Seguridad. Schenone también menciona entre su marco jurídico la ley 25.326 de protección de datos personales (de 2000), que veda recoger datos “por medios desleales, fraudulentos” (artículo 4); almacenar “datos sensibles” (artículo 7), definidos como aquellos que revelen “opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical” (artículo 2). El tratamiento de los datos personales (aunque no sean sensibles) sólo se permite con el “consentimiento libre, expreso e informado”. Para recabarlos, debe informarse con qué finalidad serán tratados y quienes pueden ser sus destinatarios (artículo 6). En 2005, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales calificó como infracción leve recoger datos sin información ni consentimiento; como infracción grave utilizar ardid o engaño y como infracción muy grave tratar esos datos “con menosprecio de los principios y garantías” constitucionales, “cuando con ello se impida o atente contra el ejercicio de los derechos fundamentales”.

El Protocolo sobre el funcionamiento del “Proyect X” (sic) sostiene que se usa “para registrar las relaciones asociadas con personas y organizaciones delictivas” y los ejemplos suministrados se refieren a vehículos “utilizados para transportar estupefacientes”, lo cual sugiere cuál es su origen, sobre todo cuando se conoce el currículum de Schenone, uno de los hombres de la DEA en la Argentina. En la definición de “Eventos”, el Protocolo menciona: “atentado explosivo, movimiento de personas, de armas, de drogas, de químicos, de explosivos”. El software es similar al Excalibur y al VAIC Telemétrico de la Policía Bonaerense. En la ficha que identifica a cada persona, un campo está reservado a su personalidad y hábitos, si es reservada, tímida, introvertida, extrovertida, si bebe, fuma o es mujeriego. Al instruir sobre la carga de datos de organizaciones, el Protocolo ejemplifica con nombres significativos, como “Los Maras” o “El King SRL”, y entre sus actividades posibles enumera narcotráfico, contrabando, trata de personas, lavado de dinero, adulteración de documento, piratas del asfalto.

Teoría y práctica

Otra cosa es la aplicación práctica. Schenone menciona la ley de Inteligencia Nacional, pero no parece advertir que sólo permite a las fuerzas de seguridad realizar tareas dirigidas a esclarecer ilícitos y es taxativa al prohibirles la búsqueda de información, la producción de inteligencia o el almacenamiento de datos sobre personas por su opinión política o por “su adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales”, como es el caso. En todas las actas, labradas de 2007 en adelante, ante manifestaciones de obreros de Kraft Foods, Electroingeniería o la línea de colectivos 60, los jueces de San Isidro, San Martín y Campana (Sandra Arroyo Guzmán, Juan Manuel Yalj y Adrián González Charvay), solicitan identificar a los dirigentes o representantes en la manifestación, fotografiarlos, filmarlos y enviar el material al juzgado. En una clara demostración sobre la existencia de un banco de datos sobre militantes sociales y políticos, cada vez que es nombrado el delegado Hermosilla, distintos oficiales de la Gendarmería lo identifican con involuntario humor como “alienado (sic) al Partido Obrero (PO)”. En la televisión, Hermosilla aclaró que su alienación no era con el Partido Obrero sino con el PTS. En todos los casos, los jueces se refieren a una “presunta infracción al artículo 194 del Código Penal”, es decir aquel que reprime con prisión de tres meses a dos años a quien, “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes” e instruyen a los gendarmes para notificarles que están cometiendo un delito. En un corte, los manifestantes respondieron:

–No estamos cometiendo un delito sino reclamando un derecho.

Los partes que los jefes de cada operativo remiten a Sus Señorías, podrán servir para la defensa de aquellos a quienes los celosos jueces intentan procesar: consignan que los manifestantes reclaman “la reincorporación de los trabajadores despedidos y la mejora de las condiciones sanitarias” y explican que son “trabajadores despedidos, familiares y amigos”. Los colectiveros de la línea 60 pedían acatamiento a un dictamen del Ministerio de Trabajo sobre “la correcta liquidación de sus salarios”. Sólo en un caso, el 10 de setiembre de 2009, la forma sorpresiva en que comenzó el corte y el sembrado de cubiertas sobre la autopista produjo un choque. Pero los propios gendarmes consignan que “sólo se produjeron daños materiales”. El parte incluye fotos del auto estropeado y de los dirigentes Néstor Pitrola y Vilma Ripol hablando con un megáfono. Otro informe del Centro de Reunión de Información de Campo de Mayo, donde tiene asiento la Unidad Especial de Investigaciones y Procedimientos Judiciales de la Gendarmería, comienza detallando que la multinacional estadounidense “despidió a 160 trabajadores, incluidos tres miembros de la comisión directiva del gremio nacional”. El autor indica el 30 de setiembre de 2009, que el origen de la información son los medios de comunicación locales. Señala con precisión que los trabajadores reclamaban “medidas de salubridad por la Gripe H1N1, asueto para desinfectar la planta, licencias para personas enfermas”. Agrega que la comisión interna, los despedidos y sus familiares, contaron con el apoyo de militantes de organizaciones sociales, políticas, gremiales, estudiantiles, de derechos humanos, que realizaron paros, acampes en la planta y corte de la Panamericana “para denunciar la situación por la que atravesaba la planta”. Esos informes son expresivos de la cuestión de fondo. No dejan dudas de que las movilizaciones se realizan en pos de reivindicaciones laborales legítimas. Pero al mismo tiempo el corte de la ruta esta tipificado como un delito en el Código Penal. La resolución depende del valor que privilegien, en cada momento, el gobierno y el juez. Se trata, en definitiva, de una cuestión política.

Cobertura y encubrimiento

Uno de los informes menciona a Hermosilla y al delegado Ramón Bogado como “responsables de las acciones directas”, dice que también produjeron “intimidación del resto de los empleados” (que no describe), “rotura de instalaciones, resistencia a la autoridad”. Para derivar al terreno de la penalización un conflicto que reconoce como laboral sostiene que, con los cortes, “los referentes que apoyan al sector de despedidos” habrían “puesto en riesgo la integridad física tanto de los manifestantes como de terceros”. También identifica a los centros de estudiantes que cortaron la avenida Córdoba frente a la Facultad de Ciencias Económicas porteña y prevé en qué lugares podrían realizarse nuevos cortes. En el terreno, casi sin excepciones, los responsables de Gendarmería negocian la apertura de un carril para permitir el tránsito, o la extensión temporal de la obstrucción, y todo termina sin golpes ni detenidos. Pero detrás vienen los jueces. Una de las actas de procedimiento, manuscrita en Pablo Nogués en agosto del año pasado, indica que 50 manifestantes cortaron la ruta 8, “en reclamo de mejores condiciones laborales y salariales” y la reincorporación de 30 despedidos, de la fábrica Autobat. El delegado, a quien Gendarmería menciona como “ciudadano Mendoza, José” informó que levantarían la medida “una vez que realicen denuncia pública de la situación ante medios televisivos”, lo cual delimita con precisión la pacífica lógica del método. Pero en noviembre, la jueza Arroyo Salgado usó esa Acta para abrir una causa contra Mendoza y en forma explícita requirió a Gendamería “la realización de tareas de Inteligencia por el término de cinco días”, tendientes a identificar a otros participantes en el corte, cuyos nombres y apodos presuntos menciona. Lo que los dirigentes gremiales y políticos denuncian es el uso posterior de los datos recogidos en esos procedimientos para procesar a sus participantes, es decir, criminalizar un reclamo legítimo. A partir de esa lista de nombres, Gendarmería los cruzó con el padrón electoral y distintas bases de datos de acceso público, para conocer sus domicilios y lugares de trabajo. Luego envió personal a realizar entrevistas “en forma encubierta” o realizó constataciones telefónicas “bajo técnicas de entrevistas encubiertas y una cobertura de información”. La defensa de Schenone de que sólo actuaron por indicación judicial es menos sólida de lo que parece. Por más que la firme un juez, la orden de hacer Inteligencia sobre trabajadores en huelga o movilización es ilegal.

Protocolos

Mientras el ex ministro Aníbal Fernández negaba la existencia del Protocolo X (que se puso en funcionamiento durante su gestión, en 2005) Garré revisó con el secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad Interior, Miguel Angel Bermejo, el cumplimiento del protocolo de actuación de fuerzas de seguridad y policiales en manifestaciones públicas. El ministerio estableció “Criterios Mínimos de Actuación”, a los cuales adhirieron ya 19 de las 24 jurisdicciones del país (faltan la Ciudad Autónoma, Córdoba, Santa Fe, Neuquén y Corrientes). Del primer encuentro del Consejo, en marzo de 2011, en el que se marcó “el respeto y la protección de los derechos” de los manifestantes, participó la entonces presidente de la Comisión de Seguridad Interior de la Cámara de Diputados, Griselda Baldata, de la Coalición Cívica-ARI, integrante del Acuerdo de Seguridad Democrática. El Protocolo procura resolver los conflictos sin daños “para la integridad física de las personas” ya estén involucradas o no en la manifestación. Con ese objeto, prohíbe la portación de armas de fuego al personal que pudiera entrar en contacto directo con los manifestantes. Las postas de goma sólo son admitidas con fines defensivos, en caso de peligro para la integridad física de cualquiera de las partes presentes. Todo el personal de seguridad debe lucir una identificación clara que se advierta a simple vista y respetar en cada etapa del operativo la Ley de Inteligencia Nacional. El Ministerio está impulsando estos lineamientos en todo el país, con cursos de capacitación para los cuerpos provinciales. Antes de que concluya la auditoría, parece evidente la contradicción entre esta línea central de trabajo y los procedimientos con anuencia judicial que ha estado realizando la Gendarmería. Es tan desatinado pretender que el espionaje se produjo por orden de Garré o de la presidente CFK, como disimular su gravedad. Los pasos fundamentales dados desde 2003 para controlar el uso de la fuerza y la actuación policial en manifestaciones públicas deberían complementarse con una política explícita de no criminalización por vía judicial de los activistas sociales y la misma voluntad política que el gobierno ha mostrado para fijar pautas a las provincias petroleras y mineras, puede aplicarse para impedir que las fuerzas provinciales continúen respondiendo con violencia a reclamos por la tierra, la vivienda, los derechos de comunidades nativas o las protestas ambientales. La auditoría del Proyecto X puede ser un nuevo punto de partida.

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Imagen: AFP
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