EL PAíS › EN LA CAUSA POR LA APROPIACIóN DE MANUEL GONçALVES GRANADA DURANTE LA DICTADURA

Un pedido de indagatoria para el ex juez

La fiscalía y la querella piden que sea indagado Juan Carlos Marchetti, quien entregó al niño en forma irregular. La solicitud había sido rechazada por el juez Villafuerte Ruzo, pero la Cámara de Apelaciones revisó la decisión y la consideró “prematura”.

 Por Alejandra Dandan

Los expedientes de lesa humanidad que intentan determinar la responsabilidad de los civiles durante la dictadura plantean discusiones que suelen reaparecer en distintos lugares del país. Eso sucede en este momento en San Nicolás con la larga causa por la apropiación de Manuel Gonçalves Granada. El fiscal federal Juan Murray y la querella pidieron una indagatoria para el entonces juez de Menores, entre otros funcionarios judiciales. Cuestionan que haya entregado al niño a una familia sin seguir los procedimientos necesarios como publicar edictos o una foto. Y que lo entregó a una familia que integraba sus relaciones de parentesco. El problema es que el juez federal Carlos Villafuerte Ruzo, que está a cargo de la causa, no le dio lugar a la citación: rechazó la indagatoria y sobreseyó al ex magistrado. La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revisó la decisión y la consideró “prematura”. Ahora, el fiscal y la querella encabezada por Ana Oberlin volvieron a pedirla y sumaron nuevas pruebas. El ex juez en cuestión es Juan Carlos Marchetti, que instruyó y sobreseyó a Luis Abelardo Patti y los policías que asesinaron a Osvaldo Cambiaso y Eduardo Pereyra Rossi en 1983.

La decisión de Villafuerte Ruzo es parte de una causa con años de demora. Manuel Gonçalves sobrevivió el 19 de noviembre de 1976 a la llamada Masacre de la calle Juan B. Justo, en la que un centenar de policías y militares asesinaron a su madre y a los Amestoy: padre, madre y dos niños, Fernando, de 3 años, y María Eugenia, de 5. Manuel estaba adentro de un colchón en el que lo puso su madre para protegerlo, con documentos falsos. En 2004, tras la anulación de las leyes de impunidad, él inició la causa: una parte, la de la masacre, prosperó y entra a juicio oral. Pero el tramo de su apropiación no sólo no avanzó: nunca consiguió que la Justicia citara a indagatoria a una sola de las personas que señala como responsables.

Entre esas personas está Marchetti, pero también Juan Delfín Castro, Juan Carlos Magni y Francisco García Cortina, que eran funcionarios judiciales. Villafuerte Ruzo los sobreseyó a todos, incluso a Marchetti, que es uno de los nombres más representativos del caso. Marchetti entregó el niño a una pareja, Claudio Luis Novoa y Elena Yolanda Rodríguez: ella era prima hermana de un primo hermano del juez, Eduardo Ernesto Larrañaga. A su vez, Larrañaga y su mujer, Esther Elida González, quedaron nombrados como padrinos de Manuel en el bautismo, un dato que se repite en varias causas de apropiación y, en general, señala a las personas que entregaron a los niños.

Para las querellas, ése es un argumento fuerte en contra del juez, pero sorprendentemente no es así para Villafuerte Ruzo: “Más allá del parentesco existente entre Larrañaga y Marchetti y entre la señora González y la señora Rodríguez –dijo–, no hay indicios serios que me hagan sospechar que había un conocimiento previo entre el juez y la pareja favorecida con la guarda provisoria del menor; circunstancia que de corroborarse tampoco hubiese implicado un apartamiento de la ley por parte del magistrado, toda vez que dicha posibilidad no se encontraba vedada por la normativa legal imperante en aquellos tiempos”.

En la nueva presentación, las querellas cuestionan ese criterio: “Esa afirmación es completamente falsa y por eso nos agravia: la ley imperante en aquel momento vedaba expresamente esa posibilidad a Marchetti”, dijo la abogada Oberlin, junto a sus compañeros Alvaro Baella y Lucas Ciarniello Ibáñez. “El artículo 393 del Código Civil incluye a ‘amigos íntimos’ de los ‘parientes hasta el cuarto grado’ del juez. Ello quiere decir que más allá de que Marchetti hubiera conocido o no a la pareja, ya incurría en la prohibición por el solo hecho de la amistad íntima de su primo con los guardadores, la cual él sí conocía.”

Pero el ex juez es cuestionado además por otras razones. La pareja que recibió el niño todavía no estaba casada, pero él dijo lo contrario. O sabiendo las características del operativo, le cuestionan que no haya publicado edictos o una foto para dar con la familia del niño, como lo hicieron otros juzgados. Las querellas recuerdan que esas publicaciones permitieron encontrar a varios niños que, como Manuel, procedían de operativos y estaban con documentos falsos. Recuerdan el caso de los López Torres o de los hermanos Santillán, de Rosario.

Ese eje quedó reforzado con nuevas declaraciones de Estela de Carlotto y María Isabel Chorobik de Mariani. Las dos declararon lo que vienen contando en otras causas: las visitas que durante la dictadura hicieron a varios jueces para contarles que estaban buscando a los niños de los procedimientos. Lo hicieron con la jueza Marta Pons, de Lomas de Zamora, en una escena memorable: después de la visita, la jueza llamó al comisario Ramón Camps para decirle aquella frase que aún recuerdan los empleados, que “habían estado las viejas locas con las carpetas”. En San Nicolás, las Abuelas vieron a Marchetti. De eso dan cuenta los documentos de la Asociación. “Quiere decir que ya para entonces él sabía y podría haber dicho que se había topado con un caso como el que describían las Abuelas, pero lejos de eso ocultó información y eso tuvo como resultado que pasaron veinte años hasta que Manuel fue encontrado por el Equipo Argentino de Antropología Forense”, dice Oberlin.

En este momento, Villafuerte Ruzo tiene que responder nuevamente el pedido. Si rechaza la indagatoria, los querellantes no pueden apelar por cuestiones de proceso. Sólo van a poder hacerlo cuando agregue –si lo hace– que sobresee o dicta falta de mérito para los ex funcionarios. Pero nadie sabe cuánto tiempo más pasará entre uno y otro momento.

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El juez federal Carlos Villafuerte Ruzo, a cargo de la causa.
Imagen: DyN
 
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