EL PAíS › OPINION

La democratización del Poder Judicial

Un espacio de debate sobre los cambios en la Justicia.

 Por Gabriel E. Ganón * y
Julián Axat **

En función de los más débiles

“En Inglaterra, el motivo del fracaso de todos los esfuerzos encaminados hacia una codificación racional del Derecho, así como el fracaso de la adopción del Derecho romano, se debió a la resistencia eficaz contra dicha racionalidad por parte de los grandes gremios de abogados centralmente organizados. Estos gremios constituían un estrato monopolítico de notables, entre los cuales se reclutaban los jueces de los grandes tribunales del reino. Controlaban la instrucción jurídica como una tecnología empírica, sumamente desarrollada, y combatieron con éxito toda acción a favor de un Derecho racional que amenazaba su posición social y material...” (Max Weber, 1985:196).

La cita de Weber viene como anillo al dedo al caso argentino. Pues uno de los factores históricos que cristalizaron la actual “Corporación Judicial” ha sido un entramado invisible que se ha gestado no sólo en su seno sino también afuera de ella. Nos referimos al asociacionismo de magistrados que han aportado una generación de abolengos para el reclutamiento judicial, y –de ese modo– ha dotado un habitus de saber-clase cuya solidaridad (orgánica) no sólo coadyuvaba a mantener lazos-privilegios, sino también a adscribir a la reproducción ideológica de un tipo de Derecho.

La Asociación Nacional de Magistrados nace en 1928. Dos años después se produjo la primera ruptura al orden institucional. No es casualidad que la Corte Suprema de Justicia de la Nación de entonces estuviera conformada por cuadros que surgieran en el seno de la Asociación Nacional de Magistrados: los doctores Figueroa Alcorta, Repetto, Guido Lavalle, Sagarna, Pera; y Horacio Rodríguez Larreta (este último como procurador). En adelante, bajo el manto de la doctrina “de facto” (toda una ideología del saber Derecho), las Asociaciones de Magistrados nunca se pronunciarán ante la sucesión de golpes de Estado. En todo caso su silencio será rendirles beneplácito. Complicidad civil con el horror.

Pero pensar en nombres se torna un detalle menor (baste el nombre del actual presidente de la Asociación Nacional de Magistrados para analizar una continuidad de abolengos). Ingresar en las páginas web de cualquiera de las Asociaciones de Magistrados (provinciales-nacionales) es un hecho interesante. De entrada se advierte que las listas de reclamos (copiadas) son siempre las mismas: realizar defensa de la independencia, neutralidad, imparcialidad, intangibilidad salarial (los estatutos reproducen las mismas formulas vacías). Realización de ofertas a sus afiliados/as de: cursos de todo tipo (siempre buscando el perfil del funcionario judicial “tecnócrata”), viajes al extranjero (para vacaciones y cursos de dudoso lobby), planes de financiación para compras de electrodomésticos, televisores, autos, etc., planes de financiación para compra de libros, obras completas, etcétera (editoriales que también ofrecen una forma de pensar el Derecho).

A menos que esa realidad social o política intente capturar o discutir las posiciones de privilegio (un ejemplo reciente, en la provincia de Buenos Aires volver a ser parte “consejera” en los procesos de designación de jueces), entonces estas asociaciones sí realizan pronunciamientos de rechazo rimbombantes; pues ponen en riesgo sus intereses (de clase y saber). Si volvemos a la cita de Weber, las Cámaras y las Cortes son las más permeables a éste ida y vuelta de lobby (oculto), pues los mismos jueces que componen las asociaciones luego son parte del entramado que de afuera influye (en ida y vuelta) y resiste los cambios.

En resumen, las Asociaciones de Magistrados vienen funcionando históricamente para mantener los privilegios de una casta autorreclutada, generando mecanismos de presión (solapado) sobre los tres poderes estatales para seguir acumulando la misma clase de privilegios, y fortalecer idea de pertenencia y ascenso, bajo un mismo saber: el Derecho de los sectores acomodados.

La consecuencia de este modelo de asociación (al que deben sumárseles colegios de abogados y unidades académicas) es una racionalidad jurídica hegemónica con valor altamente tradicional y antipopular. El dato no es menor, porque la mayoría de los jueces de este país están colegiados, de allí que deleguen poder para construir entidades y representantes que reproducen clase y dotan de imagen el Derecho, emparentada a la misma ideología a la que se pretenden parecer. Un Derecho para ellos, aislado (o enfrentado) a la vida social y política de los sectores más bastos de la sociedad (a los que no se quieren parecer).

Hace bastante tiempo, el especialista y amigo Roberto Bergalli escribía sobre la necesidad de que la Sociología de la Justicia debía tomar en consideración el fenómeno particular del Asociacionismo Judicial para indagar por qué, para qué y cómo se asocian los miembros del Poder Judicial; por entonces Bergalli decía: “... independencia judicial y asociacionismo son dos fenómenos estrechamente vinculados en el análisis de cualquier intento de lograr una Justicia democrática”.

Replantear la idea de Asociacionismo Judicial en la Argentina como necesaria para dar un salto cultural que exceda la autopreservación corporativa. Pues aun cuando la asociación alternativa sea incipiente, el eje de su nacimiento es la contradicción con el estado actual de las cosas y la necesidad de su democratización. Una identidad de funcionario judicial que busca afianzar los valores democráticos constitucionales de sí mismos, para afianzar –a su vez– la de los sectores excluidos y postergados. Tres experiencias son interesantes para tener en cuenta en estos tiempos:

n Durante la década del ’60/’70, la llamada “Gremial de Abogados” que crearan Rodolfo Ortega Peña, Eduardo Luis Duhalde y muchos otros, logró marcar una experiencia inédita de “asociacionismo”. Aunque abogados, y no magistrados, la defensa de presos políticos no podía ir de la mano de una Asociación o Colegio de Abogados tradicional, pues los valores dominantes de esas entidades estaban arraigados a la opresión contra la que esos abogados se enfrentaban a las patronales, o los perseguía la dictadura y hasta los hacía desaparecer. La ruptura de la llamada “La Gremial” era desconocer “una Justicia ilegítima”.

n La obra agotada Estructuras Judiciales, escrita por Raúl Eugenio Zaffaroni hace más de un lustro, mostraba muchas de las cosas a las que referimos. De allí que el profesor Zaffaroni ha sido y seguirá siendo el doctrinario argentino más comprometido con los cambios democratizadores (no creemos que haya parangón con ningún otro doctrinario-operador), pues ha sido señero con una escuela de discípulos que tienen muy en claro que no se debe reproducir una racionalidad como la que hemos mencionado arriba; siendo la reducción del poder punitivo una forma de reducción de una cultura judicial autoritaria, y sus asociaciones que la retroalimentan.

n El pensamiento alternativo del ya citado R. Bergalli, o el de E. Mari y C. Cárcova, quienes entendieron la necesidad de reformular el Derecho argentino, poniendo sobre la mesa la construcción de nuevas prácticas, imaginarios saberes para la democracia y la pluralidad. La imagen del Derecho, al decir de la teoría de las ficciones de E. Mari, debe ser la de construir una nueva “Poeisis”. Un Derecho sin poesía (sin poetas) está condenado a morir, como lo está la Justicia tecnocrática (de management), oscura, retórica y des-comprometida hacia las necesidades concretas de los más desaventajados.

Se habla de “pluralismo”. Pluralismo es un concepto vacuo y puede ser funcional a los sectores de los que se pretende desmarcar. Hablemos de “pluralismo en función de los más débiles”, el contenido es más preciso. Tampoco se trata de pensar tres o cuatro modificaciones para “la Justicia” (pago de Ganancias, juicio por jurados, exámenes periódicos, etcétera). Esas son reivindicaciones puntuales que, aunque muy necesarias, a esta altura son más que conquistables. En todo caso debemos consolidar una “nueva Cultura Jurídica” para pensar desde allí “una Justicia legítima”. Se trata de recuperar y tematizar experiencias que se atrevieron a una ruptura con los tradicionales “asociacionismos” (como los que apuntamos). Abrir el juego a la mirada de funcionarios jóvenes, a la idea de “juristas políticos” inventores de nuevas prácticas y totalizaciones. Claro, lograr este nuevo modelo de Justicia requiere llevar la discusión a los ámbitos académicos, escuelas judiciales y colegios de abogados. Ese es el desafío.

* Defensor general público de la provincia de Santa Fe.
** Defensor público juvenil de La Plata.

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