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La Corte avaló que Evelyn Vázquez no se haga el examen genético

Por siete votos –sólo Juan Carlos Maqueda se pronunció en disidencia–, la Corte falló a favor de la hija de desaparecidos que se resiste a hacerse el análisis de ADN para saber quiénes fueron sus padres. Las Abuelas de Plaza de Mayo rechazaron la decisión.

Por I. H. y V. G.

La Corte Suprema impidió ayer con un fallo que una hija de desaparecidos recupere su identidad. Los jueces avalaron un planteo de la víctima, quien pidió no someterse al examen de ADN porque esto perjudicaría a las personas que la apropiaron. “Puesto que la recurrente manifiesta claramente su gratitud hacia quienes en su forzada situación de orfandad la criaron como verdadera hija, aun violando la ley penal, su negativa ha de estimarse justificada”, dijeron siete ministros. Sin embargo, la joven no se encontraba en una “forzada situación de orfandad”, sino que fue robada luego de que su mamá dio a luz en un centro clandestino de detención y su familia la buscó durante 26 años. Las Abuelas de Plaza de Mayo recurrirán a organismos internacionales y pedirán juicio político a los ministros que firmaron la resolución.
Después de que la jueza María Servini de Cubría y la Cámara Federal ordenaran que Evelyn Karina Vázquez Ferrá (así fue anotada por sus apropiadores) se hiciera un examen de ADN para establecer si era la hija de los desaparecidos Susana Pegoraro y Ruben Santiago Bauer, la joven recurrió ante la Corte Suprema. Ante el máximo tribunal planteó que el estudio constituiría una “inadmisible intromisión del Estado en su esfera de intimidad” y que “afecta su dignidad al no respetar su decisión de no traicionar los intensos lazos afectivos que mantiene con aquellos que la criaron”. Lo que en realidad se pretendía con esta presentación era que los apropiadores no fueran juzgados.
Enrique Petracchi, Carlos Fayt, Augusto Belluscio, Eduardo Moliné O’Connor, Antonio Boggiano, Guillermo López y Adolfo Vázquez le dieron la razón a la joven y consideraron que “forzarla a admitir el examen de sangre resultaría violatorio de respetables sentimientos y consecuentemente del derecho a la intimidad, a más de constituir una verdadera aberración la realización por medio de la fuerza de la extracción a la cual se niega”. Los ministros señalaron que en este caso no es necesario el análisis para demostrar que la mujer fue secuestrada (porque el marino que la anotó como su hija, Policarpo Vázquez, ya confesó el delito) y que, si ella “no quiere conocer su verdadera identidad, el Estado no puede obligarla a investigarla”. Fayt hizo una salvedad: dijo que “nada impide que el tribunal exhorte a Evelyn a ir integrándose a su familia de origen y al Estado asegurarle ayuda psicológica”.
El ministro Juan Carlos Maqueda, que fue el único que falló en disidencia, tuvo en cuenta los derechos de la familia biológica. “Para ponderar los intereses involucrados, es necesario tener en cuenta las circunstancias históricas en las que se produjeron los hechos que dieron lugar a la querella, pues la pretensión de los querellantes se encuentra fundada en derechos subjetivos familiares y en su derecho a conocer la verdad sobre la suerte de su hija.” Maqueda recordó un precedente de la misma Corte que en 1996 señaló ante un caso similar que “no se advierte lesión alguna a la garantía constitucional que prescribe que nadie está obligado a declarar contra sí mismo. Tampoco se observa la afectación de otros derechos fundamentales como la vida, la salud o la integridad corporal porque la extracción de unos pocos centímetros cúbicos de sangre, ocasiona una perturbación ínfima en comparación con los intereses superiores de resguardo de la libertad de los demás, la defensa de la sociedad y la persecución del crimen”.
Esta causa se reactivó en 1999 cuando las Abuelas de Plaza de Mayo denunciaron que Vázquez se había apropiado de una niña que podía ser la hija de Pegoraro y Bauer y que había nacido en la maternidad clandestina que funcionó en la Escuela de Mecánica de la Armada.
El marino confirmó la sospecha cuando confesó ante la jueza que la niña le había sido entregada, recién nacida, en la sede del Comando en Jefe de la Armada. Sin embargo, la identidad de Evelyn sólo podía ser establecida definitivamente con el análisis genético. La prueba de ADN no pareció al principio un obstáculo difícil de superar. Pero poco tiempo después de que sus apropiadores fueran encarcelados, la mujer se presentó con un abogado y afirmó que no se analizaría si la pericia iba a ser usada “en contra de quienes la habían criado”.
Ante la decisión del máximo tribunal, que puede servir como precedente en otros expedientes judiciales en los que se investigan apropiaciones de hijos de desaparecidos, la abogada de Abuelas de Plaza de Mayo, Alcira Ríos, anticipó que la institución “recurrirá ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y pedirá juicio político a los miembros del tribunal”. La abogada agregó que “la Constitución garantiza el derecho a la intimidad sólo si no se afectan el orden, la moral y los derechos de terceros y esto sí se afecta en los casos de los hijos de detenidosdesaparecidos”.

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La joven anotada como Evelyn Vázquez rechaza el análisis para no perjudicar a sus apropiadores.
 
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