EL PAíS › ENVIARON A CASACION LA DEFINICION SOBRE LAS LEYES DE IMPUNIDAD
Un día con aroma menemista
Después de casi dos años de cajoneo, la Corte decidió seguir postergando la definición sobre la constitucionalidad o no de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida al enviar a la Cámara de Casación el expediente. Sin urgencias, el tema volverá a la Corte.
Por Irina Hauser y Victoria Ginzberg
Durante casi dos años, los jueces de la Corte Suprema se hicieron los distraídos. Se tomaron todo ese tiempo y una reunión que abarcó casi todo el día de ayer para finalmente resolver, como poseídos por el espíritu de Julio Nazareno que, antes que ellos, es la Cámara de Casación Penal la que debe definir la validez de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Después que ese tribunal intermedio falle, el caso volverá a los supremos. Así, por más que el Gobierno quiera que a los represores se los juzgue en el país, esta eterna indefinición deja todavía bajo un signo de pregunta la posibilidad de que los juicios por los crímenes cometidos por el terrorismo de Estado sean condenados.
Al reunirse por la mañana, los ministros firmaron primero un fallo que obstaculiza el camino para esclarecer si una joven es hija de desaparecidos (ver aparte) y decidieron, acto seguido, avanzar en la discusión del expediente en el que el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) planteó la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Lo que los supremos decidieron ayer es obligar a la Cámara de Casación a pronunciarse sobre la cuestión de fondo a pesar de que ese tribunal ya se había declarado “incompetente por faltad de jurisdicción”.
Los rumores tribunalicios ahora anuncian que es probable que Casación también se tome su tiempo y es esperable, conjeturan miembros del fuero federal, que “finalmente saquen un fallo adverso, que reivindique la vigencia de las leyes”.
La decisión de la Corte llegó de manera inesperada. Su presidente, Carlos Fayt, dijo más de una vez que en el cuerpo había consenso para esperar a que el tribunal estuviera completo en tren de tomar posición respecto de las leyes de impunidad por tratarse de un “tema sensible”. Que la aprobación del pliego de Eugenio Raúl Zaffaroni –que ocupará la vacante que dejó Nazareno– esté a menos de quince días de concretarse no les preocupó. Incluso podría interpretarse lo contrario, ya que su presencia podría facilitar una definición sobre la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas.
Juan Carlos Maqueda no firmó la resolución. Desde un comienzo les dijo a los demás lo que pensaba: “Es una vergüenza que después de casi dos años de tener esta causa en la Corte simplemente sea enviada a otro tribunal, eso se podía haber dicho en dos días”. Maqueda, que se convirtió en juez de la Corte después de la renuncia de Gustavo Bossert, era partidario de declarar directamente inválidas las leyes que interrumpieron los juicios por violaciones a los derechos humanos. Augusto Belluscio tampoco votó ayer pero, por el contrario, su intención sería mantener la postura que tuvo en 1987 ratificando la constitucionalidad de las normas, algo que en aquel entonces también hicieron Fayt y Enrique Petracchi, aunque hay indicios de que podrían repensar su criterio.
La teoría de que es imperioso un fallo de Casación Penal previo a uno de la Corte, fue insistentemente fogoneada por Petracchi. Hasta la semana pasada esa posición tenía el apoyo de Guillermo López, Adolfo Vázquez y Carlos Fayt. Pero hacía falta otro voto para formar mayoría. Eduardo Moliné O’Connor se negó a darlo. Finalmente se sumó Antonio Boggiano.
Para llegar hasta ese punto, los jueces tuvieron que hacer un pequeño truco, dictando un fallo previo, para despejar dudas sobre su doctrina. Un comunicado de la propia Corte lo dice: “En el acuerdo matinal se dictó sentencia en la causa Rocca Clement en la cual los jueces López y Vázquez establecieron el recto sentido que correspondía asignarle a un precedente del tribunal (...) señalando que cuando se planteaba la inconstitucionalidad de una ley siempre correspondía intervenir a la cámara de Casación Penal con anterioridad a la Corte”.
Un alto funcionario judicial explicó el intríngulis a este diario: la Corte “tenía una doctrina que decía que no debía entender en más temas que un tribunal inferior y por lo tanto Casación era una instancia intermedia que debía intervenir siempre, pero para poder resolver la causa sobre la venta de armas (en un fallo que liberó a Carlos Menem y Emir Yoma) modificó ese precedente y dijo que no se aplicaba si había detenidos de por medio”. Los supremos necesitaban dar marcha atrás porque en el caso en juego están presos los represores Julio Simón, conocido como el “turco Julián” y Juan Antonio Del Cerro, alias “Colores”. Por eso es que antes de resolver en esta causa, en un encuentro convocado a las cinco de la tarde, ajustó su jurisprudencia.
Simón y Del Cerro fueron procesados por la sustracción de la menor Claudia Poblete y por la desaparición de sus padres, José Poblete y Gertrudis Hlaczik, que estuvieron detenidos en el centro clandestino “El Olimpo”. Para concretar esa medida el juez Gabriel Cavallo dictó en marzo de 2001 la inconstitucionalidad y la nulidad insanable de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. La Sala II de la Cámara Federal, al confirmar aquella resolución sostuvo que la anulación de las leyes “no constituye una alternativa, es una obligación”.
El CELS advirtió que “la resolución adoptada tiene por principal efecto prolongar la incertidumbre sobre la posibilidad de lograr justicia para los crímenes del terrorismo de Estado y demora aún más una definición demandada por la sociedad argentina en su conjunto”. También sostuvieron que “es práctica reiterada del máximo tribunal decidir arbitrariamente cuándo procede la intervención de esta cámara y cuando no”.
Tarde o temprano, la Corte va tener que expedirse sobre la vigencia de las leyes de impunidad, aunque eso quizás ocurra con una composición del tribunal diferente. El planteo francés sobre la extradición del ex marino Alfredo Astiz también los obligará a definirse sobre la misma cuestión. Mientras tanto, en otras instancias judiciales, los magistrados muestran decisión de avanzar en el esclarecimiento y juzgamiento de las desapariciones, torturas y secuestros cometidos durante la dictadura, por los que ya hay decenas de represores presos.