Miércoles, 11 de marzo de 2015 | Hoy
EL PAíS › CASACIóN PENAL ANUNCIó QUE EL 8 DE ABRIL HABRá UNA RESOLUCIóN SOBRE EL MEMORáNDUM CON IRáN
El juez Juan Carlos Gemignani, a cargo de la Sala II de la Cámara, resolvió convocar para el próximo 31 de marzo a las partes a una audiencia y, una semana después, dar a conocer la sentencia del tribunal sobre el acuerdo entre Argentina e Irán.
Ya tiene fecha la definición sobre la constitucionalidad o no del memorándum con Irán que el gobierno nacional firmó en enero de 2013 con la intención de avanzar en la causa por el atentado contra la AMIA. La Cámara Federal de Casación Penal estableció que el 8 de abril habrá una resolución sobre el asunto. Además, el juez Juan Carlos Gemignani, quien preside en este caso la Sala II del tribunal, firmó una resolución en donde dispuso llevar adelante una audiencia el próximo 31 de marzo para que las partes presenten informes.
En mayo pasado, la Sala I de la Cámara Federal había declarado inconstitucional el memorándum y el Gobierno apeló el fallo, por lo que ahora intervendrá Casación. Tras el fallo de ese tribunal, las partes podrán llevar el caso a la Corte Suprema, última instancia de decisión respecto de la constitucionalidad o no del acuerdo argentino-iraní. La Corte instó a la Cámara Federal de Casación Penal y al Tribunal Oral Federal 2 a acelerar el proceso para que comience el juicio contra los acusados del encubrimiento a la investigación del atentado, entre ellos el ex presidente Carlos Menem y el ex juez Juan José Galeano (ver aparte).
El acuerdo de entendimiento Argentina-Irán fue firmado el 27 de enero de 2013 en Adis Abeba, capital de Etiopía, por el entonces ministro de Exteriores iraní Ali Akbar Salehi y el canciller Héctor Timerman. Ambos países se ponían de acuerdo para crear una “comisión de la verdad” para cooperar con la investigación. El acuerdo también establecía que el juez que investiga el atentado, Rodolfo Canicoba Corral, y el entonces fiscal especial del caso, Alberto Nisman, podrían interrogar en Teherán a los sospechosos iraníes acusados de haber participado en el atentado, algunos de los cuales tienen órdenes de captura internacional de Interpol. El pacto entraba en vigencia si era aprobado por los Parlamentos de ambos países: en febrero de 2013, la Cámara de Diputados argentina lo convirtió en ley nacional, mientras que el entonces jefe de Estado iraní, Mahmud Ahmadinejad, firmó el documento sin enviarlo al Congreso de su país. La dirigencia judía presentó un amparo en los tribunales argentinos en busca de que el pacto se declarara inconstitucional.
A fines de diciembre de 2013, el juez Canicoba Corral rechazó por “improcedente” el amparo, por entender que no se había demostrado la “inminencia de un daño”. Pero en mayo de 2014, la Sala I de la Cámara Federal declaró inconstitucional el memorándum al considerar que la “comisión de la verdad” que se creaba a través de ese instrumento violaba facultades de la Justicia, y le ordenó al juez Canicoba Corral que reiterara la solicitud de extradición de los iraníes sospechosos. El Gobierno apeló y la causa llegó a Casación, donde el fiscal Raúl Pleé dictaminó en noviembre pasado que la inconstitucionalidad debe ser confirmada.
El juez Gemignani decidió también dejar de lado por “impertinente” un pedido a Naciones Unidas para que por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores se informe sobre el registro del Memorándum de Entendimiento en los términos de la Carta de Naciones Unidas y de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados. Para resolver este tema, Gemignani puso “en especial consideración a la celeridad que siempre reclama la atención de los derechos constitucionales comprometidos en el procedimiento de amparo” y por eso dejó sin efecto “el pedido de informes a Naciones Unidas sobre el registro del memorándum”.
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