EL PAíS
Convenios que favorecen al gremio y no al trabajador
Según el Observatorio del Derecho Central de la CTA, en uno de cada cuatro convenios laborales negociados se incluyen cláusulas que favorecen a los sindicatos, pero que “flexibilizan” el trabajo.
Por Laura Vales
Tener pocos afiliados es un gran problema económico para los sindicatos. Aunque ya no para todos: con la reactivación de las negociaciones colectivas, más de un cacique sindical está negociando convenios con cláusulas que obligan a los no afiliados a hacer “aportes solidarios” para su organización. O apelan a una solución que va más lejos: que las empresas pongan dinero para el financiamiento del gremio.
No son casos aislados. Según Guillermo Gianibelli, director del Observatorio del Derecho Social de la Central de Trabajadores Argentinos, en el período 2002-2004 uno de cada cuatro acuerdos incluyeron este tipo de cláusulas con aportes patronales o cuotas de “solidaridad”, el eufemismo que se utiliza para designarlas. Vale la pena mostrar un ejemplo:
El convenio 521/03 fue firmado entre el Sindicato del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas de Bahía Blanca y EG3 Asfaltos S.A, una de las petroleras más importantes en ese polo industrial. Estableció que:
- A cada trabajador no afiliado se le descontará, para el gremio, un importe equivalente a seis horas de trabajo por mes.
- La empresa entregará mensualmente al sindicato 13 pesos por trabajador para sus “gastos administrativos”, 30 pesos por cabeza para un “Fondo de ayuda solidario” y 4 para “subsidios por fallecimiento”. Sumado, el aporte patronal llega así a 47 pesos por empleado.
En el mismo convenio, el sindicato y EG3 Asfaltos acordaron ajustar los contratos individuales de todos los trabajadores a una serie de condiciones flexibilizadoras, como la introducción de turnos rotativos, el fraccionamiento de las vacaciones, la polivalencia y el alargamiento del período de prueba.
Aunque el convenio fija como plazo de vigencia septiembre del 2005, por efectos de la ultraactividad continuará vigente, sin fecha de vencimiento.
Una de las prácticas que favorecen estos acuerdos es que en la Argentina prácticamente en ningún sindicato los convenios son sujetos a la aprobación previa de los trabajadores. Una vez que en la negociación paritaria los representantes patronales y los sindicales llegan a un entendimiento, todo está terminado. No hay rondas de consulta en los lugares de trabajo para revisar qué es lo que se va a firmar.
El ministerio realiza un chequeo de legalidad; si no hay puntos que violen la ley, el convenio se homologa. Y la ley argentina permite estas contribuciones, incluidas las empresarias, que en general se disfrazan de aportes para “obras culturales” o con “fines sociales”. Están permitidos aunque, como es obvio, son un límite a la autonomía gremial.
Las cláusulas de aportes empresarios han sido, en los últimos tres años, más que las que impusieron a los no afiliados el pago de cuotas de “solidaridad”. Del 2002 al 2004, según los datos del Observatorio del Derecho Social, se firmaron 216 convenios que contuvieron 402 con cláusulas obligacionales. En ese total, los aportes de empleadores representaron el 61 por ciento.
¿Cuánto dinero significa? Nadie, más allá de los que firman, puede saberlo con certeza. En algunos contados casos, se estipula una suma específica, como los 12 mil pesos mensuales que el Nuevo Central Argentino le da a La Fraternidad, pero en general lo que queda escrito es una pequeña cifra que se multiplicará después por la cantidad de empleados. Los aportes consisten en “30 pesos por cada trabajador”, o “en el 5 por ciento de la masa salarial”. La cantidad de trabajadores a los que se aplica el convenio es un dato de difícil acceso. Sólo se pueden hacer estimaciones y ellas señalan que los aportes no son nada despreciables, ya que suelen superar el monto de una afiliación voluntaria.
Gordos
Armando Cavalieri, en Comercio, y Rodolfo Daer, cuando estaba al frente del Sindicato de la Alimentación, son dos de los que introdujeron en su sector el uso de estos mecanismos de recaudación. Daer enfrentó el problema de la desafiliación masiva incluyendo en el convenio un punto por el cual los no afiliados fueron obligados a aportar el 2 por ciento de su sueldo al sindicato, pago que no les dio derecho a usar la obra social ni a votar en las elecciones. Por debajo de estas figuras de los gordos hay una miríada de figuras menos públicas que firmaron cláusulas similares.
Al comienzo de la nota se citó el caso de EG3 Asfaltos, donde aparece la donación empresaria de 47 pesos por trabajador y, en la otra cara de la moneda, la flexibilización laboral. Otro tanto sucede con el convenio entre la Cámara que agrupa a las cadenas de comidas rápidas como McDonald’s y Burger King con la Federación Pasteleros:
- El acuerdo se firmó luego del decreto presidencial 1273/02, que había dispuesto un aumento de 100 pesos para los privados. La cámara empresaria, alegando las “graves dificultades por la que atraviesan las firmas del sector”, pactó el prorrateo de esa suma en nueve meses.
- En el mismo acuerdo, se acordó una contribución del 2 por ciento del total del pago previsto a la Mutual de la Federación, con destino a usos “asistenciales”.
Los abogados del Observatorio sostienen que en los convenios con cláusulas de recaudación no siempre se encuentran situaciones de esta nitidez. En general, lo que el dirigente sindical garantiza a las empresas no queda por escrito: es un bajo o nulo nivel de conflictividad. De esta manera, lo que se ve son empresas con malas condiciones de trabajo que sin embargo navegan en aguas mansas. Como bien dice el refrán, la tranquilidad tiene su precio. Y nada barato.