Miércoles, 28 de noviembre de 2007 | Hoy
El fallo de la Corte causó conmoción en el Ejecutivo. Estima en 6000 millones el costo fiscal y teme muchos más juicios.
Por David Cufré
El fallo de la Corte Suprema referido a la movilidad de las jubilaciones conmocionó al Gobierno. Altas fuentes oficiales reconocieron ante Página/12 que el costo fiscal de la resolución será de al menos 6000 millones de pesos en los próximos cuatro años. Se llevará esa suma el pago de todos los juicios ya iniciados por jubilados que se encuentran en una situación similar a la de Adolfo Badaro, el beneficiario directo de la decisión del máximo tribunal. Sin embargo, las mismas fuentes reconocieron que se abre una discusión jurídica sobre la posibilidad que tendría un amplio universo de personas –estimaciones privadas lo ubican en algo más de un millón de jubilados– de reclamar la recomposición de sus ingresos por haber recibido aumentos inferiores al 88,6 por ciento entre enero de 2002 y diciembre de 2006, cifra que la Corte fijó como porcentaje de movilidad para el período.
La otra definición que entregaron a este diario desde altas esferas oficiales fue que el Gobierno acatará la orden de la Corte de crear un “índice objetivo” de actualización de las jubilaciones. “El año pasado pusimos una regla de movilidad fija y la Corte la rechazó. Nos piden un índice objetivo. Habrá que hacer un índice objetivo”, señalaron, aunque dijeron que todavía es prematuro para determinar cómo será ese índice.
La Corte se basó en el nivel general del Indice de Salarios del Indec, que entre 2002 y 2006, como ya se mencionó, creció 88,6 por ciento. Desde el Gobierno, que por ahora no dijo nada en público pero que en la intimidad de los despachos a los funcionarios se les nota su enojo y preocupación, cuestionan que se tome ese indicador, pues promedia los sueldos de los trabajadores en blanco y de los empleados públicos con los de los trabajadores en negro. “Es incongruente que se tomen los sueldos de aquellos que no aportan al sistema”, opinaron, en referencia a los de los trabajadores informales.
En agosto de 2006 la Corte dictó un primer fallo que reconoció que Badaro tenía derecho a que su jubilación aumentara guardando relación con la evolución de los precios y de los salarios de los trabajadores activos. Pero el máximo tribunal trasladó al Congreso la responsabilidad de crear un índice que respondiera a ese criterio. En lugar de ello, los legisladores –a instancias del Gobierno– resolvieron incluir en la Ley de Presupuesto una partida especial para aumentar las jubilaciones, sin vincular esa cifra a ningún índice. Ese mecanismo fue rechazado por el máximo tribunal en su resolución de anteayer e insistió con la creación de un índice objetivo, atado a alguna variable mensurable.
Hacia adelante, el Gobierno promete hacerlo. Hacia atrás, es decir, que impacto tiene el fallo por lo que pasó entre 2002 y 2006, los funcionarios admiten que el Estado deberá desembolsar unos 6000 millones de pesos en los próximos cuatro años para pagar los juicios de aquellos que ya iniciaron una demanda similar a la de Badaro. Son esencialmente unos 90.000 jubilados que ganaban más de 1000 pesos en 2002. La pregunta aún sin respuesta, abierta al debate, es qué pasará con quienes planteen un juicio de recomposición de haberes en este momento. Se trata de jubilados que obtuvieron mejoras inferiores al 88,6 por ciento que la Corte estableció como movilidad entre ese año y 2006.
En principio, para algunos abogados previsionalistas, más de un millón de personas que obtuvieron porcentajes de aumentos menores al 88,6 podrían pedir que se los compense por la diferencia. Entran en este rango los que ganaban de 280 pesos en adelante en enero de 2002. Los de 280 pesos recibieron hasta 2006 subas del 67,8 por ciento, mientras que los que percibían 308 pesos obtuvieron el 52,8 por ciento, por citar dos ejemplos. Si obtuvieran la compensación, como creen esos abogados, las jubilaciones deberían ser recalculadas y, en base al nuevo haber, aplicar los aumentos que se concedieron en 2007 y los que vayan a otorgarse.
Una de las incógnitas del fallo de la Corte es si la movilidad del 88,6 por ciento regirá también para los que se jubilaron por la ley 24.241, de 1994, ya que Badaro es un jubilado de 1983, que se retiró por la ley 18.037. Esa cuestión sería aclarada con un nuevo dictamen que se conocería próximamente.
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