EL PAíS › EL BANCO SE HACE CARGO SI SON TRAMPAS TECNICAS

El número de PIN bajo siete llaves

 Por Raúl Kollmann

“El debate sobre quién debe hacerse cargo del dinero sustraído mediante una maniobra en cajeros automáticos tiene que ver con la diligencia que tiene el banco en proteger los datos y la privacidad de su cliente o en la diligencia que tiene el cliente en no divulgar su PIN”, sintetiza Tomás Lichtman, uno de los abogados que más conocen la materia.

“La institución bancaria es la que debe evitar que se defraude al usuario y garantizar que esa máquina, el cajero automático, sólo responda al usuario –explica Lichtman–. De manera que si el banco no puede preservar la intimidad de su cliente, permite que un tercero acceda a los datos privados del cliente, el responsable es el banco. Dicho en otras palabras, el usuario perfectamente le puede decir a la institución bancaria ‘su sistema de seguridad informática ha sido débil y ésa es su responsabilidad, por lo que debe devolverme el dinero’”.

Para Lichtman es distinto el caso en que el cliente se deja envolver por el llamado cuento del tío y termina dándole, en forma inocente, la clave personal a un cómplice del delincuente. “Ahí, el banco puede aducir que fue el cliente el que no tuvo diligencia para preservar su PIN. La institución bancaria dirá que el usuario fue negligente ya que está claro que la clave es personal, confidencial”, razona Lichtman. La experiencia indica que en esos casos, los bancos no reponen el dinero, aunque cuando las cosas llegan a la Justicia es el juez el que resuelve y muchas veces los criterios de los magistrados no son unánimes.

Tomando en cuenta los conceptos enunciados por Lichtman, los damnificados por el seudoingeniero, o con el método del skimming o el fishing, tienen derecho a que se les reponga el dinero, porque mediante el abridor de puertas, la camarita, el sobreteclado y las variantes, lo que se vulneró es la seguridad informática del banco. No hubo negligencia por parte del usuario. Distinto y más polémico es el caso del cuento del tío, donde el banco sí argumentaría que hubo un comportamiento torpe del cliente.

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