SOCIEDAD › CONDENAN POR TENENCIA

Un fallo polémico

La Sala I de Casación anuló, en un fallo que se dio a conocer ayer y que promete polémica, el sobreseimiento de un hombre al que se le encontró menos de un gramo de marihuana durante un procedimiento policial. La Sala I, compuesta por los jueces Juan Rodríguez Basavilbaso, Liliana Catucci y Raúl Madueño, consideró que la tenencia de marihuana es un delito más allá de que luego se determine, por la cantidad, qué grado de calificación le corresponde, si consumo personal o tráfico de drogas. Los camaristas invocaron jurisprudencia de la Corte Suprema, pese a que la postura del máximo tribunal es exactamente opuesta al fallo de la sala.

En los fundamentos, la Sala consideró que “la cantidad del estupefaciente podrá incidir sobre la calificación seleccionada y la individualización de la pena, pero en ningún caso –por exigua que sea y mientras exhiba principios activos de una de las sustancias de la lista oficial– en miras a la desincriminación del encausado”.

El fallo, antediluviano, se opone a la postura de la Corte, que sostiene que la tenencia hace a la víctima y que el delito lo comete el narco.

En el caso en cuestión, los 0,9 gramos de marihuana fueron hallados en el domicilio del imputado tras un allanamiento dispuesto en el marco de una investigación en su contra por presunto abuso sexual.

La sentencia de la Cámara hizo lugar así al recurso interpuesto por la fiscalía, que en su apelación criticó a los miembros de la Cámara de Comodoro Rivadavia por “arrogarse facultades legislativas que les están vedadas a los jueces, además del apartamiento del criterio establecido por la Corte Suprema en el caso ‘Montalvo’, sin aportar argumentos nuevos que justifiquen esa distinta posición”. Sin embargo, Eugenio Zaffaroni, ministro de la Corte, dijo recientemente que se estudia un posible fallo en el sentido de “no considerar punible” el consumo de estupefacientes. “El fallo –dijo Zaffaroni– sigue la línea de la jurisprudencia que rigió desde 1984 hasta 1990: no es punible la tenencia de una cantidad razonable para el consumo propio.”

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