Viernes, 23 de marzo de 2012 | Hoy
SOCIEDAD › LAS PREPAGAS DEBERAN CUBRIRLA
Las obras sociales y prepagas deberán cubrir los tratamientos de fertilización asistida, de acuerdo con un dictamen de la Corte Suprema de la Nación, que fundamentó la medida en cumplimiento de la Ley 14.208 de Fertilización Asistida sancionada en el 2010 por la Cámara legislativa bonaerense, que obliga a dar tratamientos gratuitos dentro de la provincia de Buenos Aires.
El caso en que tomó intervención la Corte llegó desde la Justicia Federal de Bahía Blanca, a partir de las presentaciones de dos parejas contra las prepagas Osde y Swiss Medical. La Justicia bahiense obligó a ambas a brindarles cobertura de tratamientos de fertilización de alta complejidad. “Esto allana definitivamente el camino para que también las empresas de medicina prepaga y obras sociales cumplan su parte en esta ley”, explicó el ministro de Salud bonaerense, Alejandro Collia.
La resolución de la Corte, adoptada por unanimidad, declara aplicable la Ley 14.208 y hace suyos los argumentos elevados en tal sentido por el dictamen de la Procuración Fiscal ante la Corte. El fallo entiende que “la citada ley resulta aplicable a la situación planteada en autos, puesto que los actores viven en jurisdicción de Bahía Blanca y la actividad de la demandada también se desarrolla en esa circunscripción”.
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