SOCIEDAD › OPINION

Quién puede ser ombudsman

Por Julio Spina*

La legislatura porteña debe votar al próximo ombudsman y a sus cuatro adjuntos entre 31 candidatos. Cinco de ellos son actualmente legisladores, cifra que coincide exactamente con los cargos a elegir. Es verdad que no existe ningún impedimento –salvo la falta de idoneidad– para que cualquier ciudadano sea candidato, por lo que sería discriminatorio que, por la condición de legislador, alguien quedara marginado.
No obstante, para esta elección hay que considerar un detalle no menor.
El 24 de agosto pasado se realizaron los comicios para renovar la totalidad de los miembros de la Legislatura. A su vez, el Registro de Postulantes a la Defensoría se abrió entre el 28 de julio y el 8 de agosto, es decir, cuando ya habían sido oficializadas las listas de candidatos a legisladores. Entre los legisladores que se anotaron en el registro, cinco no figuraban en las listas sábana para renovar sus mandatos. Pero hubo un sexto caso llamativo. Se trata de una diputada que, pese a ocupar en la boleta un lugar sin demasiadas expectativas, resultó reelecta, por lo que a los pocos días se presentó ante la Junta de Etica de la Legislatura para renunciar a su candidatura a defensora argumentando precisamente su reelección. ¿Para qué, entonces, se había inscripto como postulante a la Defensoría si no era por temor a quedar afuera de la Legislatura?
Durante la sesión especial, a la hora de votar los cinco legisladores candidatos contarán con alguna que otra ventaja: nadie puede impedirles que se voten a sí mismos y, de hecho, es previsible que lo hagan. El único impedimento tiene que ver con la conciencia de cada uno, pero sería extraño que se abstuvieran de votarse.
Es bueno aclarar que los cinco pertenecen a partidos diferentes: Partido Justicialista, Unión Cívica Radical, ARI, Fuerza Porteña y Juntos por Buenos Aires (macrismo).
Si en este contexto existe algún tipo de acuerdo político entre los bloques a los que pertenecen, la elección se resolverá fácilmente. De hecho, la suma de votos de estos cinco bloques y sus aliados supera los dos tercios necesarios para resolver la votación. De los problemas de conciencia personales pasaríamos al descrédito del cuerpo: la Defensoría se convertiría de hecho en un anexo de la Legislatura porteña, donde de ahora en más vayan a parar algunos de los que quedan afuera de alguna elección.
El tema se fue tiñendo de una creciente judicialización. Ciudadanos y ONG disconformes con el proceso de elección han promovido distintos amparos. El Poder Judicial pasa a resolver cuestiones que deberían ser propias del Poder Legislativo, y en esta línea una jueza suspendió la designación que estaba prevista para el 16 de octubre. El resto del acto resolutivo que dictó consistió en una “invitación” a la Legislatura para que reglamente las eventuales incompatibilidades de los candidatos que son legisladores.
Tal como dice la ley que la creó, la Defensoría del Pueblo es un organismo independiente, que tiene por finalidad la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos y garantías constitucionales.
¿En qué quedaría todo esto si la elección de sus miembros se convierte en un intercambio de premios y favores entre los partidos políticos con representación parlamentaria? Los legisladores tienen la oportunidad de cumplir con el mandato que les dio la Constitución de la Ciudad, o bien vaciar de contenido a la institución.
* Profesor. Candidato a defensor del Pueblo.

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