Sábado, 10 de septiembre de 2016 | Hoy
SOCIEDAD › SORTEARON A LOS BONAERENSES QUE PODRAN SER CONVOCADOS A INTEGRAR JUICIOS
Los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires cuyos documentos finalicen en 428 y 939 están en condiciones de formar parte de los juicios por jurados que se implementaron en 2015. El listado reúne a 12 mil personas que pueden ser convocadas.
Los personas cuyos documentos de identidad finalicen en 428 y 939 están en condiciones de integrar los juicios por jurados en la provincia de Buenos Aires durante el año 2017. Es que ayer se realizó en la sede del Instituto de Lotería el tercer sorteo desde que se implementó ese tipo de proceso en el territorio para la confección anual de los listados de los 12.000 ciudadanos bonaerenses que pueden ser jurados.
Los listados de candidatos a integrar jurados de enjuiciamiento en sus distritos durante el año 2017, que corresponden a los 18 departamentos judiciales que tiene la provincia, serán conformados por los ciudadanos cuyos tres últimos números de DNI se correspondan con los números sorteados ayer.
La cantidad de elegidos está dada por una proporción de una de cada mil personas de entre en la franja etaria de 21 a 75 años, que vivan en la provincia de Buenos Aires y comprendan el castellano.
Luego quedarán excluidos de los listados definitivos quienes tengan responsabilidades públicas de relevancia (por ejemplo, gobernadores, intendentes, funcionarios políticos o del Poder Judicial), abogados, escribanos, miembros de las fuerzas de seguridad en actividad o retirados. También quedan eximidos quienes padezcan alguna enfermedad física o psíquica que les impida ejercer la función.
La ley que establece el sistema del juicio por jurados determina que actuará en delitos cuya pena máxima en abstracto exceda de 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, que alguno de ellos supere dicha pena.
Según la norma, el jurado está compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que son elegidos por sorteo del padrón electoral, y reciben instrucciones de un juez, quien les indica el encuadre jurídico de la cuestión a resolver.
Además, establece que luego del debate decide el jurado en torno a la inocencia o no del ciudadano sometido a proceso. Fija también que el veredicto de culpabilidad requiere un mínimo de 10 votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas, y si el delito, por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación, tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requiere unanimidad de votos afirmativos.
Tribunales compuestos por ciudadanos comunes juzgaron en 2015 por primera vez en la provincia de Buenos Aires casos de delitos graves y la mayoría de los veredictos declararon a los imputados culpables. Ese año, los juicios fueron en total 35 y en 19 de ellos los veredictos fueron de “culpabilidad”, mientras que en 16 se determinó la “no culpabilidad”.
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