SOCIEDAD › LA CORTE DE EE.UU. DECLARO INCONSTITUCIONAL LA LEY QUE LA CASTIGABA
Pornografía en la web, sin condena
El máximo tribunal consideró que la norma que castiga a quien difunda imágenes pornográficas que puedan ser vistas por niños atenta contra la libertad de expresión. Por cinco votos contra cuatro, dijo que es preferible filtrar esas imágenes a prohibirlas.
La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos determinó ayer que una ley que condena a los responsables de difundir imágenes pornográficas que pueden ser vistas por niños atenta contra la libertad de expresión garantizada por la Constitución de ese país. Los magistrados decidieron, por una mayoría de cinco contra cuatro, que la norma, que rige desde la administración del presidente demócrata Bill Clinton, “viola la Primera Enmienda” de la Constitución estadounidense. El máximo tribunal consideró que en lugar de condenar a los difusores era preferible hacer hincapié en las nuevas tecnologías y filtrar las imágenes que podrían herir la sensibilidad de los niños.
“La utilización de un filtro permite que no se clasifiquen ciertos documentos en una categoría criminal”, explicó el juez Anthony Ke- nnedy, en nombre de la mayoría. Con este sistema de filtro “los adultos sin niños pueden acceder a un material que tienen el derecho de ver sin tener que identificarse o dar su tarjeta de crédito”, continuó Kennedy.
“Incluso, los adultos con niños pueden tener acceso al mismo material en las mismas condiciones, simplemente instalando en sus casas el filtro en sus computadoras”, consideraron los magistrados. La Corte Suprema también subrayó que se registraron “avances tecnológicos importantes” en el campo de la informática, lo que permite que la legislación esté en armonía con el principio de libertad de expresión establecido en la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense.
Sin embargo, el juez conservador Antonin Scalia, en nombre de la minoría, consideró que la ley protege a los niños del riesgo de exposición a imágenes pornográficas “como lo indica la Primera Enmienda”.
El objetivo de la ley era encontrar un camino para restringir el acceso de los niños a los materiales explícitos sexuales en Internet. A su vez, el Acta de Protección de Chicos On-Line (COPA) definió también el acceso de los chicos a estos materiales como un crimen, determinando que tienen propósitos comerciales, estableciendo que cualquiera de estos materiales era dañino para los niños.
El máximo tribunal consideró no obstante que la ley “viola la Primera Enmienda” de la Constitución estadounidense, al tener en cuenta que hay un número de alternativas –haciendo referencia a nuevas tecnologías y filtros de imágenes on line– menos restrictivas para evitar la exposición de los chicos a material pornográfico en Internet. En 2002, la Corte Suprema ya había examinado la mentada legislación, pero finalmente el caso retornó a la Cámara de Apelaciones para profundizar la investigación sobre esta norma.
En un fallo similar, en mayo de 2000, la Corte Suprema de Justicia estadounidense declaró inconstitucional el reglamento de las telecomunicaciones sancionado en 1996 que exigía a los operadores de cable restringir la emisión de programas de sexo explícito al horario nocturno. Esa ley, cuyo objetivo era proteger a los chicos de los programas pornográficos, exigía a los operadores de cable que impidan que programas de sexo explícito puedan verse en el horario de 6 de la mañana a 10 de la noche.
En aquel entonces, la Corte dictaminó que los programas están protegidos por la Constitución y que pueden ser emitidos a toda hora. Así, la Justicia decidió que si un televidente llama a su operador de cable y pide que bloqueen un programa, el operador deberá hacerlo, bajo pena de ser sancionado.