Viernes, 28 de julio de 2006 | Hoy
SOCIEDAD › PARA LA PROCURACION, NO ES PUNIBLE NINGUN ABORTO SI HUBO VIOLACION
La procuradora se expidió a favor de la joven discapacitada y violada que busca abortar. Ahora es el turno de la Corte.
Por Mariana Carbajal
La procuradora general bonaerense, María del Carmen Falbo, consideró que un aborto en la joven L.M.R., que tiene retardo mental y fue violada, no requiere autorización judicial porque reúne los supuestos previstos en el inciso 2º del artículo 86 del Código Penal y por esa razón “no es punible”. Tal como adelantó Página/12, Falbo se pronunció a favor de la muchacha y opinó que se debe revocar el fallo de la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil de La Plata que impidió la interrupción del embarazo que se le iba a realizar en el Hospital San Martín. El dictamen, que ayer llegó a la Suprema Corte de la provincia, tiene un aspecto que será celebrado por quienes proponen ampliar las causales de despenalización del aborto: de sus fundamentos se puede interpretar que Falbo entiende que no debe ser punible ningún aborto cuando la gestación proviene de una violación, independientemente de que se trate o no de una mujer “idiota o demente”. Entre hoy y el lunes se conocerá la sentencia de la Corte.
El dictamen de Falbo no es vinculante. Los miembros del máximo tribunal bonaerense pueden tomarlo en cuenta, pero no necesariamente tienen que expedirse en el mismo sentido. La procuradora sólo puede opinar sobre el caso en cuestión. Pero según confiaron fuentes de los tribunales platenses a este diario, al analizarlo dejó en claro que en su opinión el inciso 2º del artículo 86 del Código Penal plantea dos supuestos de no punibilidad: en primer lugar, “cuando el embarazo proviene de una violación”, y en segundo lugar, cuando la gestación es consecuencia “de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”. Este es un aspecto muy interesante del dictamen, ya que toma partido en una vieja discusión jurídica: las interpretaciones más conservadoras siempre defendieron como “no punible” el aborto en los casos en que la mujer violada fuera “idiota o demente”. Este ha sido el criterio que ha primado históricamente en los tribunales. Los últimos estudios de opinión marcan, sin embargo, que la sociedad argentina respalda mayoritariamente la despenalización del aborto en todos los casos de violación.
Según trascendió, Falbo consideró que el caso de L.M.R. nunca debió llegar a la Justicia por tratarse de un aborto “no punible”. Como reveló ayer Página/12, la muchacha, de 19 años, estaba a punto de ser intervenida para practicarle un aborto en el Hospital San Martín, pero la intervención de la fiscal Sonia Leila Aguilar, titular de la UFI Nº 5 de La Plata y quien investiga la violación contra la joven, derivó en la suspensión de la operación. Aguilar denunció ante la jueza de Menores Nº 5, Inés Siro, que “se iba a cometer un delito al practicársele el aborto porque no estaba probada la violación ni que la chica fuera demente”, según reconoció a este diario la misma magistrada (ver aparte).
La sentencia de la Suprema Corte se espera para las próximas horas. Hoy al mediodía se concentrarán en la calle 13 entre 47 y 48, frente a los tribunales platenses, organizaciones de mujeres, sociales y de derechos humanos que impulsan la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito para repudiar los fallos de primera y segunda instancia en contra de la joven y a su vez pedir al máximo tribunal que falle a favor de su pedido de aborto.
Según pudo saber este diario, el juez Daniel Soria, presidente del máximo tribunal durante la feria judicial, convocará al cuerpo para que se expida entre hoy y el lunes. De sus ocho miembros (hay una vacante desde el año pasado), dos están en el exterior de vacaciones: son Héctor Negri y Eduardo De Lázzari. La vacante y los lugares de ambos magistrados serán ocupados por tres jueces de Casación Penal (Federico Domínguez, Horacio Biombo y Fernando Manzini). Fuentes judiciales explicaron que se decidió llegar al número de 9 jueces para evitar que haya un empate. Los demás miembros de la Corte son Hilda Kogan (la única mujer), Francisco Roncoroni, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani y Juan Carlos Hitters. El año pasado, cuando el tribunal falló a favor de autorizar un aborto terapéutico –otra de las excepciones contempladas en el Código Penal–, votaron a favor Kogan, Roncoroni, Soria y Piombo (que también reemplazó a un ministro ausente). También lo hizo De Lázzari, pero en este caso no estará para opinar. En contra del aborto terapéutico firmaron Genoud, Pettigiani y Negri (este último tampoco estará para votar ahora). En aquella oportunidad, Hitters estuvo ausente.
El caso llegó a la Suprema Corte luego de que la defensora de incapaces Laura Ozafrain presentara un recurso extraordinario en nombre de la joven de 19 años. La muchacha fue violada por un tío, según denunció la madre en la Justicia. Según surge del expediente, una pericia psicológica realizada en el Juzgado de Menores Nº 2 determinó que tiene un retardo mental “moderado” y una edad madurativa de una niña de 8 años. Si el máximo tribunal finalmente falla a favor de que se realice el aborto, no se descarta que el expediente termine en la Corte Suprema de la Nación, si decide apelar la Asesoría de Menores que actúa en nombre de “la persona por nacer”.
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