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La versión del “estrago doloso”

 Por Raúl Kollmann

Anoche circulaba en Tribunales la versión de que los jueces del Tribunal Oral se inclinarían por el delito de estrago doloso en la condena a Chabán y algún integrante de Callejeros. La pena por ese delito va de ocho a 20 años de prisión, aunque todo indica que las condenas estarán más cerca de los diez años que de los 20. A esto habría que agregar las coimas pagadas a los policías, lo que aumentaría las penas en dos o tres años más.

El estrago doloso, por dolo eventual, significa que vislumbraron la tragedia y no les importó el resultado. Como se sabe, en Cromañón hubo tres conatos de incendio anteriores, uno de ellos 48 horas antes, en otro recital de Callejeros.

Si esta versión se confirma, los jueces adoptarían la figura más grave de las previstas y, de alguna manera, se alejarían todavía más de la visión de que Cromañón fue un accidente. Está claro que las muertes se produjeron por irresponsabilidad, pero el estrago doloso habla de un desastre previsible en el que a los organizadores no les importó el peligro de muerte. Como adelantó Página/12, el tribunal leerá la parte resolutoria del fallo, es decir las condenas, las penas y las absoluciones, luego habrá un cuarto intermedio y finalmente se darán a conocer los fundamentos de la resolución. Se dice que en esta última parte los jueces ya no estarán presentes. El extenso fallo se publicará en Internet.

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