Domingo, 28 de febrero de 2016 | Hoy
Por Mariana Carbajal
En el Senado espera tratamiento un proyecto que propone la regulación de la gestación por sustitución, pero con la judicialización de cada caso, una exigencia que para algunos abogados, como el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, podría significar un obstáculo para que parejas gays pudieran acceder a la paternidad, dada la discriminación encubierta que podrían llegar a encontrar en los tribunales de Familia. La iniciativa fue presentada el año pasado por la entonces senadora radical Laura Montero, quien se impuso como vicegobernadora de Mendoza en las últimas elecciones. Establece que la gestante no puede aceptar ese papel más de dos veces y para hacerlo debe tener al menos un hijo, y disfrutar de buena salud física y psíquica. La otra parte se denomina “comitente”, que puede ser una persona sola, o una pareja, casada o no. Alguno de los comitentes tiene que aportar gametos y debe existir imposibilidad de concebir. El proyecto fija que el acuerdo entre partes requiere autorización judicial, que podrá darse teniendo en cuenta un dictamen de un equipo multidisciplinario del Poder Judicial. La regulación prevé una compensación económica a cargo de los comitentes y en beneficio de la gestante para compensar gastos médicos, de traslados, de asesoramiento legal y psicológico y los derivados para provocar el embarazo, el parto y el posparto. La fórmula para definir el cálculo del monto la deberá establecer el Ministerio de Salud, de acuerdo con la propuesta de Montero, quien contó con el asesoramiento de la investigadora y jurista Marisa Herrera. La iniciativa crea un registro de gestantes y establece que las personas nacidas por esta técnica tienen derecho a conocer el expediente judicial que homologa el acuerdo. Por otra parte, prevé modificar el Código Penal para castigar con pena de prisión al funcionario público o profesional de la salud que “facilitare, promoviere o de cualquier modo intermediare en la transferencia de un embrión a una persona para que actúe como gestante sin que mediare la correspondiente autorización judicial que aprueba el acuerdo de gestación por sustitución o haya transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la autorización judicial”. También se penaliza la intermediación entre gestante y comitente.
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