SOCIEDAD › CARLOS ROZANSKI EXPLICA LA IMPORTANCIA DEL FALLO
“No es común que se aplique la lógica”
Por Mariana Carbajal
Es uno de los hombres de la Justicia argentina que más estudió la problemática de los delitos sexuales en el ámbito de los tribunales. Durante nueve años integró la Cámara del Crimen de Bariloche, donde dictó la primera condena del país por abuso sexual a pesar de que la víctima se había retractado en el juicio oral y también fue quien aplicó el primer procesamiento con prisión preventiva contra el poderoso empresario de esa localidad rionegrina Juan Gilio, de 78 años, denunciado por abusar de una nena y cuya causa todavía sigue abierta. En una entrevista con Página/12 analizó la sentencia del juez Antonio Ramos y cuestionó los prejuicios que todavía persisten en magistrados y fiscales, que hacen que un fallo como el de Rosario sea la excepción y no la regla.
Carlos Rozanski fue miembro fundador de la Asociación Argentina de Prevención del Maltrato Infanto Juvenil y autor de la Ley 25.852 que modificó el Código de Procedimiento Penal y estableció que los niños no pueden ser interrogados en ninguna instancia judicial y policial en forma directa y sólo deben serlo por especialistas y con cámara Gesell, que se aplica en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires desde hace un año y medio.
Por cuestiones de salud, decidió alejarse del fuero criminal y desde hace cuatro años, después de ganar un concurso, integra el Tribunal Federal Oral Nº 1 de La Plata.
–¿Es novedoso que un juez condene a los autores de una violación basándose sólo en las declaraciones de la víctima?
–Sí, no es lo habitual, más allá de que lo que haya hecho es correcto, de ahí la importancia de que se difunda. El magistrado no hace otra cosa que lo que indica la lógica. El punto es que en este tema la mayoría de las veces no se aplica la lógica.
–¿Por qué?
–Uno de los problemas más graves es que en los últimos 200 años el valor de los testimonios de las víctimas de delitos sexuales siempre estuvo devaluado. Es una constante en el mundo. No es un problema exclusivo de la Argentina. La esencia de este problema es una cuestión de género. Y en segundo lugar, que se trata de delitos sexuales. La inmensa mayoría de los delitos sexuales son cometidos por varones y las víctimas suelen ser mujeres. La legislación fue hecha desde la mirada masculina, lo mismo ocurre con la aplicación de la ley. Y los que tienen que interpretar los testimonios de las víctimas están atravesados por una cultura de varones. A lo largo de la historia se ha hecho de esta manera, por eso no es lógico pero es más habitual que no se interprete de la misma forma a una víctima de un robo de un auto que a una de una violación. ¿Por qué llama la atención que a esta chica (del caso de Rosario) le crean? Porque habitualmente no se le cree cuando se trata de delitos sexuales.
–En muchos casos, como en el de Juan Gilio, se descree de la víctima cuando entra en contradicciones en relación con el abuso sexual. ¿Cómo se debe enfrentar esas situaciones?
–Hace 13 años, en la Cámara del Crimen en Bariloche me tocó el caso de una nena que había sido abusada entre los 8 y los 17 años por su padre. Cuando se hace el juicio ya tenía dos hijos de él. El caso se denuncia porque finalmente la mamá, que sabía de la situación, es aconsejada por una asesora de menores. En el juicio la señora se retracta y dice que es todo mentira y la nena hace lo mismo y sostienen que la denuncia había sido hecha para perjudicar al padre. Yo estaba en el dilema de que la verdad no era la que estaban diciendo en ese momento, sino la que habían dicho antes, de que el hombre era culpable, pero que siempre la retractación de la denuncia lleva a la absolución.
–¿Por qué estaba tan seguro de que era culpable?
–Desde el primer día hasta el día del juicio los relatos eran coherentes y de todos los testimonios de testigos surgía que los hijos que tenía la chica eran de su padre.
–¿Y cómo resolvió el dilema?
–Cuando deliberamos con mis dos colegas llegamos a la conclusión de que no había dudas del abuso de la chica y en el fallo yo explico por qué había que condenar aun cuando había retractación: porque la retractación es coherente con el fenómeno que vive la persona que es abusada sexualmente. Fue la primera vez en la historia judicial argentina que hubo un fallo condenatorio con una retractación. Con esto quiero decir que todo depende de con qué óptica se analice los hechos.
–¿Por qué todavía cuesta tanto que en el ámbito judicial se aplique la lógica que usted plantea?
–Uno de los problemas más graves en los delitos sexuales es que se le da una interpretación similar a la de los demás hechos delictivos. Si se va a interrogar a una víctima de un robo de auto, se la sienta y se le pide que relate lo que le pasó. Esa persona, más allá de los nervios lógicos que pueda tener por la situación traumática de estar declarando, no tiene ni por asomo las dificultades que puede tener una víctima de un delito sexual. Si quien está investigando o juzgándolo no tiene en cuenta que no es igual uno u otro caso en un ámbito judicial, va a decir: demoró dos meses en hacer la denuncia, entonces miente. Es lo que históricamente ha sucedido. He juzgado casos de criaturas preadolescentes que fueron abusadas por un vecino no una o dos veces, sino hasta siete veces, y me he encontrado con que alguno de los votos del tribunal dudaba de su palabra y se preguntaba por qué volvía con el abusador, siendo que el hecho de volver era absolutamente lógico en el marco de las amenazas de que iba a matar a la madre que el hombre le propinaba a la chica. Y no quería decir que volvía porque le gustaba que la abusara.
–¿Está cambiando este abordaje?
–Está empezando a cambiar. Por ejemplo, se está hablando de un síndrome de estrés postraumático en la víctima, y eso es un reflejo de un cambio. Hasta hace unos años se llamaban delitos contra la honestidad. Y no es sólo una cuestión semántica: tiene mucho que ver con el centro de este fenómeno. A partir de la reforma del Código Penal, la nueva acepción los designa delitos sexuales, pero el concepto de esa modificación no bajó a todas las instancias que tiene el Estado en el ámbito de la Justicia. Esa es una deuda del Estado. Redactar una ley es una parte, llevarla a la práctica es la otra. Muchos integrantes del Poder Judicial tampoco tienen en cuenta aún la Convención Interamericana de Belem do Pará para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la Convención Internacional de los Derechos del Niño, ambas con rango constitucional. No se puede perder de vista la mirada de género, jamás, ni cuando estamos enseñando en la facultad. ¿Usted sabe que en la Facultad de Derecho no se estudia el abuso sexual infantil? Se sigue mirando el derecho penal tradicional, pero no los alcances que tiene esta problemática y sus características.
–En ese sentido entonces no hay una evolución.
–No, ninguna. A quienes están formando para ejercer la profesión no los están formando en estas cuestiones de género. Las estrategias más habituales de una defensa son la descalificación sistemática de la víctima y de todo aquel que esté a favor de ella. Elaboran esas estrategias porque muchas veces son efectivas: si el defensor pide 25 pericias sobre la víctima y el fiscal o el juez hacen lugar a sus requerimientos, la estrategia funciona y termina destruyendo a la víctima que queda agotada y que lógicamente va a contar 25 cosas distintas, como le ocurriría a cualquiera de nosotros. Yo confirmé el primer procesamiento con prisión preventiva contra el empresario Gilio. Se lo acusaba de haber abusado de la chica y después, de la madre. En el escrito de apelación de la defensa dice que si fuera cierto lo que se dice de ese señor, por su edad, habría una cola de hombres en la puerta de su domicilio para pedirle un autógrafo y una transfusión de sangre. Este es el imaginario al cual me refería.
–¿Y cómo se formó usted en estos temas?
–A partir del caso de esa chica que le comenté antes, que se había retractado junto a su madre. En el juicio resuelvo dejar en prisión a la madre por falso testimonio: una de las dos veces había faltado a la verdad. Como la nena quedaba muy vulneraba (madre y padre detenidos), pedí que inmediatamente se le diera el expediente a la asesora de menores. Veinte días después me entero a través de la prensa que a la chica le habían pegado un tiro en medio de la frente. La había matado un noviecito que la quería prostituir. Se murió porque la asesora de menores nunca hizo nada. Ese día me dije: “Esto no puede seguir así”. Ahí empecé a enfermarme, porque el contexto no me acompañaba. Terminé infartado en Bariloche. Cuando hace cuatro años gané el concurso para integrar el Tribunal Oral Federal de La Plata salí de terapia intensiva. El hilo conductor de los casos que me tocaban en la Cámara del Crimen de Bariloche era la violencia y no tenía contención. Parte de la contención viene de que lo que a uno lo rodea vaya para el mismo lado y yo sentía que estaba solo.