14:02 › SINTONíA FINA

Los servicios diferenciales, primero

La Secretaría de Transporte excluyó de los regímenes de compensaciones tarifarias a los servicios diferenciales de transporte urbano y suburbano. Según lo publicado por el Boletín Oficial, en el marco de las políticas de "reorientación" de los subsidios, "el segmento de usuarios que se encuentra en condiciones de abonar las tarifas vigentes para los servicios diferenciales evidencia un poder adquisitivo mayor al del universo de usuarios a los que corresponde asistir prioritariamente".

En los considerandos de la resolución, se cita que las cámaras empresariales del sector plantearon que los subsidios a los servicios diferenciales "produce distorsiones e inequidades con el resto de las prestaciones". Además, se subraya que "los servicios diferenciales, expresos diferenciales y diferenciales de capacidad limitada", son aquellos que "opcionalmente pueden prestar los permisionarios mediante la utilización de vehículos de características técnicas y diseños tales que brinden condiciones de mayor confortabilidad".

Dichas condiciones de confortabilidad "representan un elemento esencial en la estructura de costos de dicha modalidad" porque tienen un índice de pasajeros por kilómetro menor que el de los servicios comunes, y que "justifica tarifas mucho más onerosas para los pasajeros".

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