Reducción de la indemnización por despido improcedente a 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades
Despido por pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente del nivel de ingresos o ventas: 20 días por año trabajado.
Posibilidad de capitalizar el 100 por ciento de la prestación por desempleo para aquellos jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.
Contrato indefinido para emprendedores y empresas en formación de menos de 50 trabajadores. Reducción de cargas sociales.
Limitaciones a la indemnización de los directivos de bancos.
Limitación a 7 días de la indemnización por año trabajado a funcionarios de empresas públicas.
Prohibición a la sucesión de contratos temporales sin límite.