ECONOMíA › BANCOS, DIRECTIVOS Y PAGO DE GANANCIAS

Multas sin deducciones

Los bancos no podrán deducir del Impuesto a las Ganancias las sumas que entreguen a sus directivos para pagar las multas por su actuación como representantes de las entidades en que trabajan. Así lo determinó la AFIP en una circular que será publicada hoy en el Boletín Oficial.

La medida extiende a los diretivos de los bancos la resolución instrumentada la semana pasada para las entidades financieras, debido a que en algunos casos son sus representantes. En esas ocasiones, las entidades destinan fondos propios al pago de las multas. “Por un lado, pretenden deducir de sus ganancias las sanciones aplicadas a sus directores y, por el otro, no les hacen la retención de Ganancias correspondiente a los directores por esta renta percibida”, explicaron desde la AFIP. Ahora deberán cumplir con ambos requisitos; los directivos deberán incorporar como renta gravada las sumas que reciben del banco en que trabajan y las entidades financieras tendrán que practicar la correspondiente retención al momento de efectuar ese pago al representante.

Desde que asumió al frente del Central, en octubre pasado, Vanoli aplicó a través de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias multas por unos 430 millones de pesos. La mayor correspondió al Banco de Valores por 162 millones de pesos.

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