ECONOMíA › DEVOLUCIóN POR COMPRA DE DóLAR AHORRO Y TARJETA

Reintegros de la AFIP

El organismo habilitó pagos por 1200 millones de pesos a quienes no pagan Ganancias por el período 2012-2014. Para los trabajadores formales, el plazo de solicitud vence a fin de mes.

 Por Federico Kucher

La AFIP devolverá unos 1230 millones de pesos en impuestos por compra de dólares para ahorro y turismo entre 2012 y 2014. Los beneficiarios ascienden a más de 133 mil individuos que no pagan el Impuesto a las Ganancias. Estos contribuyentes hicieron el pedido formal ante la entidad recaudadora para recuperar la percepción. La devolución se realizará en cinco cuotas de 6000 pesos y una sexta en la que se depositará el saldo remanente. La mitad de los beneficiarios recibirán la totalidad de lo pedido en la primera cuota, que se depositará el 16 de febrero. Los interesados que hasta ahora no hicieron el pedido de devolución para el período 2012 y 2014 podrán hacerlo a través de la plataforma de Internet de la AFIP. Para gastos de 2015, los empleados formales que aportan Ganancias tendrán tiempo de solicitar la devolución hasta el 31 de enero. En el caso de los individuos que no pagan Ganancias, en los próximos meses se habilitará el sistema para enviar la solicitud de devolución por el período 2015, la cual se cobrará a partir de agosto 2016. No se terminó de decidir si en este caso también será en cuotas.

El universo de individuos que puede pedir la devolución por el recargo del 20 al 35 por ciento cobrado para compra de divisas para atesoramiento y turismo entre 2012 y 2014 incluye principalmente asalariados que no pagan Ganancias: monotributistas, amas de casa y estudiantes, entre otros. Los requisitos para hacer la solicitud son tener CUIT, contar con clave fiscal con nivel de seguridad 3 y haber registrado datos biométricos. Los que no cumplan estas condiciones deberán tramitarlas previamente en las agencias del organismo.

La entidad recaudadora estimó que entre 2012 y 2015 se acumularon en torno de 20.000 millones de pesos percibidos por compra de dólar ahorro y turismo que no fueron reclamados para la devolución. Desde la AFIP aseguraron que habrá un control sobre los individuos que hagan el pedido de devolución para encontrar inconsistencias entre su declaración jurada y los montos solicitados. Muchos de los contribuyentes que hasta ahora no hicieron el pedido, según AFIP, seguirán sin hacerlo puesto que prefieren mantenerse en situación de informalidad respecto de sus ingresos.

Por el momento, hay 133 mil personas que pidieron el reintegro, por 1230 millones de pesos, quienes empezarán a cobrar la primera cuota de la devolución a partir del 16 de febrero, a lo cual le seguirán los pagos del 11 de marzo, del 13 de abril, del 12 de mayo, del 14 de junio y del 14 de julio. Por ejemplo, si a un individuo le corresponde recibir 40.000 pesos, cobrará 5 cuotas de 6000 y en la sexta cuota se cancelarán los 10.000 pesos restantes. A diferencia de estos trabajadores que no pagan Ganancias, los asalariados registrados que sí abonan el impuesto recibirán la devolución en un solo pago en el mes de marzo.

La plataforma de la AFIP para hacer el pedido de devolución trae en forma automática algunos gastos que ya se encuentran registrados en el sistema, pero también le permite al individuo hacer el ingreso de consumos adicionales que no figuran en la lista y de los que se tiene capacidad para mostrar documentación respaldatoria.

Como se mencionó más arriba, los que quieran iniciar el trámite, pero aún no cuenten con CUIT, deberán acercarse a la agencia de la AFIP que corresponda a su domicilio con el formulario F460/F, el cual se descarga a través de Internet. También es necesario llevar el DNI y dos constancias del domicilio fiscal que se declara, al tiempo que se le solicitará registrar los datos biométricos (foto y firma principalmente) y poseer una clave fiscal nivel de seguridad 3, que se puede obtener desde la web. El resto del trámite se realiza entero por Internet a través de la plataforma de la entidad recaudadora. El beneficiario deberá registrar su CBU (clave bancaria unifome) en donde el organismo a cargo de Alberto Abad hará el depósito del reintegro. Para registrar el CBU se deberá acceder en la web al servicio “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de seguridad social” y llenar el formulario F746/A de “Devoluciones y Transferencias”. Todos los pasos para solicitar el reintegro de los fondos se encuentran detallados en un instructivo en la página de la entidad.

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Alberto Abad, titular de la AFIP, aclaró que habrá cruces de información sobre los contribuyentes.
Imagen: Télam
 
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