ECONOMíA › DEMANDA INTERNACIONAL DE UN GRUPO DE PRIVATIZADAS

En el banquillo de Nueva York

Por violación de contratos con la devaluación y la desindexación y congelamiento de tarifas, privatizadas demandaron al Estado argentino en tribunales de Nueva York. Quieren ajustes de tarifas.

 Por Claudio Scaletta

La mitad de las empresas prestadoras de servicios públicos que renegocian ajustes tarifarios demandaron al Estado argentino ante los tribunales de Nueva York por incumplimiento de contratos. Así lo reconoció el secretario Legal y Técnico del Ministerio de Economía, Eduardo Pérez. La estrategia de presión de las empresas fue acompañada por los funcionarios de Economía, quienes expusieron ante legisladores un sombrío panorama empresario en caso de que no se acceda al reajuste de tarifas reclamado por las privatizadas.
Las demandas contra el Estado Nacional están habilitadas tanto por los tratados internacionales de protección de inversiones, suscriptos en la década del ‘90 y avalados por el Congreso, como por los propios contratos firmados con las empresas. Aunque tras la devaluación y la ley de emergencia económica –que desdolarizó y eliminó la indexación– las empresas aceptaron de hecho no aumentar tarifas, nunca renunciaron a reclamar legalmente el cumplimiento de los contratos de concesión. Fuentes de las principales prestadoras consultadas evitaron afirmar si ellas mismas habían iniciado demandas, pero, en todos los casos, sostuvieron que estudian seriamente dicha posibilidad.
Ayer, ante el plenario de las comisiones de Energía y Combustibles y de Defensa del Consumidor de la Cámara de Diputados, tanto el secretario de Energía, Alieto Guadagni, como Pérez, también representante de Economía en la comisión que renegocia tarifas, se sumaron a la razón empresaria. Luego de comentar los costos que debería enfrentar el Estado argentino si prosperan las demandas, describieron un panorama empresario desalentador, caracterizado por la desinversión e incluso por una situación en la que los costos no podrán ser cubiertos por los ingresos. Dentro de esta lógica, el ajuste de tarifas resulta inevitable. Sólo restaría definir cómo, cuándo y cuánto.
El consenso alcanzado en la comisión renegociadora considera tres etapas de ajuste:
u La primera, prevista para después del eventual acuerdo con el Fondo Monetario, supondría llevar las tarifas, según empresas y gobierno, a niveles “compatibles con los costos”. Este reacomodamiento se haría bajo la forma de un “anticipo”.
u La segunda consistirá en abrir un “período de emergencia” hasta diciembre de 2003. Durante este lapso, los ajustes de ingresos empresarios no serán directamente contra la mayor tarifa pagada por los consumidores, sino que se complementarán con disminuciones de las cargas impositivas, del cobro de multas y, también, con el “perdón” al incumplimiento de metas de inversión.
A modo de ejemplo: más del 40 por ciento de las tarifas eléctricas que se cobran en la provincia de Buenos Aires y casi el 30 en Capital Federal, corresponden a impuestos que nada tienen que ver con el servicio. La boleta con vencimiento le sirve al Estado como instrumento de recaudación. Otro aspecto que permitiría ajustes es la vuelta atrás de los distintos rebalanceos: a favor de las llamadas de larga distancia, o de los grandes consumidores.
u Será recién en la tercera etapa, en el lejano 2004, cuando comenzarán los ajustes de “recuperación” tarifaria. De todas maneras, las empresas saben que, al menos en el mediano plazo, la posibilidad de recuperar los antiguos valores en dólares ya no existe.
De la comisión renegociadora de tarifas conformada luego de la devaluación participan alrededor de medio centenar de firmas. Por ello resulta llamativa la cifra de demandantes reconocida por Pérez, ya que significaría que la mitad de las empresas habrían decidido romper lanzas con el gobierno antes de terminar de negociar los acuerdos. Además, Argentina no deja de ser un Estado en default, por lo que la vía legal en el exterior sólo puede ser útil a las empresas que ya decidieron abandonar sus concesiones.

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Las demandas contra el Estado están habilitadas por tratados de protección de inversiones.
 
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