Sábado, 10 de enero de 2015 | Hoy
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba falló a favor de la AFIP y revocó una cautelar que le impedía inactivar el CUIT de un contribuyente. El organismo detalló que su delegación en Córdoba había incluido al contribuyente Carlos Eduardo Rosas en el registro de facturas apócrifas e inactivado su CUIT. “Ante esta situación, Rosas presentó una acción de amparo y el Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba ordenó, como medida cautelar, que se excluyera al contribuyente de la base de facturas apócrifas y que se desbloqueara su CUIT, bajo apercibimiento de aplicar 100 pesos por cada día de demora”, añadió. La AFIP apeló esta medida y la Cámara revocó la cautelar.
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