Sábado, 10 de enero de 2015 | Hoy
EL PAíS › FALLO SOBRE EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
El juez Enrique Lavié Pico consideró que no es necesario ser abogado para integrar el Consejo de la Magistratura. El magistrado convalidó así la designación del senador del Frente para la Victoria Ruperto Godoy como miembro de ese organismo y de-sestimó un planteo en contrario promovido por Alejandro Fargosi, ex consejero opositor en representación de los abogados.
Lavié Pico, juez del fuero en lo Contencioso Administrativo, fundó su rechazo al planteo de Fargosi en un fallo de la Corte Suprema que declaró inconstitucionales varios artículos de la ley de reforma del Consejo de la Magistratura, pero convalidó el que establece que no es necesario ser abogado para integrar el organismo que juzga la conducta de los magistrados y propone a los candidatos para ocupar tribunales vacantes. Se trata del artículo 5, que define que “para ser miembro del Consejo de la Magistratura se requerirá contar con las condiciones mínimas exigidas para ser diputado”, entre las que no figura contar con el título de abogado.
Fargosi le había pedido a Lavié Pico que notificara al Consejo de la Magistratura que Godoy no podía participar de las deliberaciones, ni votar, ni ser tenido en cuenta para el cálculo del quórum en virtud de una medida cautelar dictada contra la implementación de la ley de reforma de ese organismo. Lavié Pico explicó que “la decisión” invocada por Fargosi “fue confirmada por la Sala III” del fuero contencioso administrativo “sin que haya sido alcanzado lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 26.855”.
Fargosi se manifestó en desa-cuerdo con el fallo, anticipó que presentará una apelación e insistió en que “la designación del senador Godoy como miembro del Consejo de la Magistratura viola la medida cautelar dictada en el juicio que inició contra la Ley 26.855”.
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