EL PAíS › EL CODIGO CONTRAVENCIONAL NO IMPUTARA A MENORES DE 18 AÑOS

La edad de la inocencia no se baja

La Legislatura porteña aprobó por 44 votos contra 7 no bajar la edad de imputabilidad a 16 años. En cambio, aprobó en forma ajustada el agravamiento de penas para los reincidentes.

 Por Eduardo Videla

En la Ciudad de Buenos Aires no se podrá imputar responsabilidad por una contravención a un menor de 18 años. Así surge de uno de los artículos aprobados anoche, por amplia mayoría, por la Legislatura porteña, que comenzó a tratar ayer, artículo por artículo, la reforma al Código Contravencional. También se aprobó el polémico artículo que agrava en un tercio las penas para los reincidentes, un punto que para algunos especialistas podría ser inconstitucional. El tema de la edad, uno de los más controvertidos del proyecto, fue aprobado por 44 diputados, mientras que sólo siete se manifestaron a favor de bajar la edad mínima a 16 años. Un capítulo aparte merece la teoría neolombrosiana acerca del origen genético de la maldad, esbozada por Eduardo Lorenzo, Borocotó, médico y diputado de la Ciudad.
La sesión empezó a las 16.30, con dos horas y media de demora. Había poco público en el recinto, en su mayoría, los fieles seguidores macristas de la mano dura, que no se pierden ninguno de estos debates. Afuera, una multitud de piqueteros –disminuida respecto de otras ocasiones por razones climáticas– rodeó la Legislatura, custodiada por vallas y policías, en rechazo de la reforma.
Esta vez, el acuerdo previo alcanzado por los bloques mayoritarios –el macrismo, el kirchnerismo, el ibarrismo y el Partido de la Ciudad– fue respetado y no hubo problemas para alcanzar el quórum, como ocurrió hace dos semanas, ni para tratar los puntos más conflictivos. Como habían vaticinado algunos, los primeros artículos fueron aprobados con más de 40 votos. El cuerpo tiene 60 diputados y se necesitaba el sí de al menos 31.
El Código tiene 122 artículos, de los cuales ayer se pretendía debatir los primeros 50, referidos a la interpretación y aplicación de la ley (al cierre de esta edición se trataba el artículo 25). Los otros 72 son los que establecen las figuras contravencionales y las penas que corresponden a cada una de ellas, y sobre ellos aún no hay acuerdo.
No hubo problemas para aprobar los primeros diez artículos. El verdadero debate se inició en el punto 11, referido a las causales de imputabilidad: hubo más de 20 exposiciones, sin contar interrupciones, durante dos horas y media. Hubo diputados que argumentaron a favor de bajar la edad a 16, como Helio Rebot, de Compromiso para el Cambio, y Julio De Giovanni, del Partido de la Ciudad, pero justificaron su voto por los 18 años “en aras del consenso y con la convicción de que en el corto plazo se va a bajar la edad en el marco de un régimen especial para menores”, según explicó Rebot. Hubo otros como Jorge Mercado (macrista del flamante bloque Juntos por Buenos Aires), quien aludió al pedido del “compañero Mauricio Macri, que nos pidió acompañar el consenso de la mayoría para que se apruebe el Código”.
Otros diputados, en cambio, apoyaron los 18 años por razones de principios. Ariel Schifrin (Compromiso), Norberto La Porta y Roy Cortina (socialistas), Fernando Melillo (ARI) y Laura Moresi (Frente Grande), entre otros, basaron sus argumentos en la posible inconstitucionalidad que implicaría imputar a menores de 18 años: sostuvieron que, de concretarse, violaría la Convención Internacional por los Derechos de los Niños, incorporada a la Constitución Nacional.
En la vereda opuesta, el macrista Jorge Enríquez y la lopezmurphysta Fernanda Ferrero ratificaron su idea original de sancionar a los chicos de hasta 16 años con el curioso argumento de “proteger a los menores”. Le respondió la ibarrista Moresi con un argumento de Emilio García Méndez, especialista en minoridad: “En América latina son comunes los abusos policiales y la detención arbitraria de menores con el argumento de su protección”. Al respecto, Cortina apuntó que, en el 2003, el Consejo de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad registró 344 detenciones arbitrarias.
Vilma Ripoll (Izquierda Unida) dijo que las contravenciones imputadas a menores fueron apenas el 0,08 por ciento de las actas realizadas el último año (67 sobre 84.200). “La cláusula transitoria para sancionar un régimen especial para menores es una trampa para bajar la edad y penalizar a los chicos que no tienen otra oportunidad que morirse de hambre”, advirtió.
Para la votación de este artículo, Schifrin propuso que se haga en forma nominal: que cada diputado diga si estaba a favor o en contra de la baja de edad. El artículo, finalmente, quedó aprobado por 44 votos contra 7. Su redacción es similar a la del Código actual: incluye una excepción para las contravenciones de tránsito, en que la edad mínima de punibilidad es la requerida para obtener la licencia para conducir (17 años).
El principal cambio respecto del actual Código es el artículo que sanciona a los reincidentes: se agravará en un tercio la sanción de quien cometa una nueva contravención que afecte el mismo bien jurídico (libertad de circulación o uso del espacio público, por ejemplo) dentro de los dos años de haber recibido la primera condena. Según los opositores, la reincidencia es cuestionada por una corriente del Derecho Penal, pues considera que sanciona al infractor por lo que es (un reincidente) y no por su conducta. Como la Constitución porteña prohíbe el derecho penal de autor, la norma –sostienen– sería inconstitucional. El kirchnerista Francisco Talento y el macrista Rebot, defensores de la medida, sostienen que es una versión morigerada de la propuesta realizada a principios de año por el propio macrismo (que proponía arresto para los reincidentes) y la del jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra (que considera para la reincidencia todas las infracciones y no sólo las que lesionan un mismo bien jurídico). Finalmente fue aprobada por sólo 34 votos (los ibarristas se sumaron a la izquierda en el rechazo).
La nota del día la puso el doctor Borocotó, quien reclamó “que no se desconozca el aspecto genético” del delito, citó los casos célebres del Petiso Orejudo y El Pibe Cabeza como ejemplos de perversión innata, todo eso apoyado en vagas alusiones a los avances en estudios de ADN. Sus conceptos, calificados de “darwinismo social”, fueron duramente cuestionados por todo el arco progresista de la Legislatura.

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Al menos por ahora, los menores de 18 no serán penalizados.
 
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