EL PAíS
Para saber si Mathov y Santos fueron responsables de homicidios
La Sala 1 de la Cámara Federal porteña le ordenó a la jueza que resuelva si el ex secretario de Seguridad y ex el jefe de la Policía tienen responsabilidad en los asesinatos de la represión del 20 de diciembre.
Llevan más de dos meses detenidos y su pronóstico judicial puede empeorar. La Cámara Federal ordenó a la jueza María Servini de Cubría que resuelva si Enrique Mathov y el comisario Rubén Santos tienen responsabilidad penal por los asesinatos de la masacre de Plaza de Mayo, cuando el gobierno aliancista dispuso reprimir la manifestación que pedía su alejamiento. Quienes fueran secretario de Seguridad y jefe de la Policía Federal respectivamente están procesados y con prisión preventiva en esa causa pero por otros delitos, aunque fueron interrogados como sospechosos por la muerte de cinco manifestantes y las lesiones graves que sufrieron centenares de heridos. Por otra parte, Servini aún no resolvió la situación procesal de Fernando de la Rúa, a quien ni siquiera indagó por las muertes sino por 29 detenciones ilegales realizadas en el marco del estado de sitio.
La Sala I de la Cámara Federal porteña se expidió sobre un planteo de los querellantes en la causa –abogados del CELS, la Correpi y la Liga Argentina por los Derechos del Hombre que representan a los familiares de las personas muertas y lesionadas– que se habían quejado por la falta de pronunciamiento de la magistrada respecto de los homicidios. “Celebramos que la Cámara comparta nuestro análisis respecto a la resolución de Servini de Cubría y esperamos que ahora se pronuncie procesando a los ex funcionarios también por la muerte de los manifestantes”, opinó ante Página/12 la abogada María del Carmen Verdú, de la Correpi. Los fiscales del caso Luis Comparatore y Patricio Evers tuvieron ante la Cámara una posición similar a la de los letrados.
Los camaristas Gabriel Cavallo, Luisa Riva Aramayo y Horacio Vigliani rechazaron las apelaciones desde el punto de vista formal, pero destacaron que “los fundamentos expuestos ponen de manifiesto una situación procesal (respecto de Santos y Mathov) que el Tribunal debe analizar”, según consta en las resoluciones a las que Página/12 tuvo acceso. Tal como habían expresado los querellantes, entendieron que a pesar de que al ser indagados Santos y Mathov se les imputó entre otros hechos lesiones y muertes, y en el procesamiento la jueza no resolvió sus situaciones procesales con relación a esos sucesos. De hecho, a Mathov lo acusaron de “haber impartido órdenes, en su carácter de secretario de Seguridad, dirigidas a la jefatura de la Policía Federal, relativas al control del orden público durante la concertación de personas del 19 y 20 de diciembre (...), resultando del cumplimiento de las mismas una represión en principio abusiva por parte de la fuerza aludida, que determinara lesiones y en el fallecimiento de quienes en vida fueran Diego Lamagna, Marcelo Rivas, Carlos Almirón, Alberto Márquez y Gustavo Benedetto”.
Tras haber interrogado a Santos y Mathov bajo esta imputación, Servini de Cubría los procesó, pero al ex jefe policial por abuso de autoridad y privación ilegal de la libertad, y al ex funcionario delarruista por incumplimiento de los deberes de funcionario público y omisión de dar cuenta a la autoridad competente sobre detenciones ilegales. Nada dijo respecto a los homicidios. Los camaristas consideraron que de la imputación hecha durante la indagatoria “se desprende claramente que se les adjudicó participación en acciones que habrían tenido como resultado muertes y lesiones”. Sin embargo, el pronunciamiento de la jueza “no evalúa ni decide la situación procesal de los imputados frente a tales sucesos”. Por eso le ordenan que lo haga y pronto porque los plazos procesales están vencidos.