EL PAíS › AMPLIARAN EL CRITERIO SOBRE LA REVISION DE LAS SENTENCIAS
Para que Casación se arremangue
Hasta ahora los jueces de Casación se negaban a analizar hechos y pruebas y sólo reexaminaban cuestiones de derecho. La Corte Suprema prepara un fallo que obligaría a ese tribunal a revisar cualquier sentencia de juicio oral cuando un condenado lo pida.
Por Irina Hauser
La Corte Suprema prepara un fallo que hará estallar un conflicto con la Cámara de Casación Penal, ya que la obligará a revisar cualquier sentencia de juicio oral cuando un condenado lo pida. Hasta ahora los jueces de Casación usaban un criterio restrictivo: se negaban a analizar hechos y pruebas y sólo reexaminaban cuestiones de derecho. El máximo tribunal planea fallar antes de que se efectivice, en septiembre, la renuncia de Augusto Belluscio. Se apoyará en un dictamen que esta semana firmó el procurador general, Esteban Righi, quien reclama cumplir con el derecho internacional de los derechos humanos, que exige una “doble instancia” de apelación. El tema es menos intrincado de lo que parece: la Casación tendrá el doble de trabajo y deberá cultivar un perfil garantista, que ha tendido a eludir.
La Corte basará su fallo en el caso de la condena a un ladrón, Matías Eugenio Casal, quien reclama una reducción de la pena argumentando que no usó un arma para robar y que el hecho en realidad quedó en tentativa. La Cámara de Casación rechazó su planteo por considerar que no es ella quien debe ponderar el valor de las pruebas. El dictamen de Ri- ghi, al que tuvo acceso Página/12, dice que para garantizar plenamente el derecho de defensa de un acusado “el tribunal de casación debe fiscalizar la sentencia”, incluso las cuestiones “de hecho y de prueba”.
Los jueces de la Corte vienen analizando el tema desde hace tiempo y ya tienen consenso para emitir un fallo. Aunque están elaborando votos individuales, comparten la intención de convalidar el razonamiento del procurador: Casación debería “satisfacer el derecho del condenado a un recurso más amplio” y abandonar su costumbre de rechazar expedientes (que van a parar al máximo tribunal). El texto de Righi advierte que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en un fallo de julio del año pasado conocido como “Herrera Ulloa”, estableció la obligatoriedad de la doble instancia para asegurar “una revisión integral” de las sentencias. La propia Corte Suprema ya reconoció que las decisiones de ese tribunal internacional deben ser acatadas por la Argentina.
Uno de los puntos que suele generar discusión es que puede haber elementos, sujetos a la percepción, que sólo esté en condiciones de analizar quien ha presenciado el juicio oral. Por eso Righi aclara que las pruebas que “deberá revalorizar” la Cámara de Casación son “las que no dependan de la inmediación”.
El fallo de la Corte provocará un sacudón en varios frentes. La Casación, que fue creada durante el menemismo, se caracteriza por ser un tribunal rutinario, conservador y dedicado a fallar en situaciones muy puntuales de derecho; tendrá una enormidad de trabajo y deberá anteponer en su lista de prioridades los derechos de los acusados. Tendrá que cambiar su esencia. Cerca del Ministerio de Justicia, prevén que habrá protestas de los actuales camaristas y vaticinan que algunos, ya en edad de jubilarse, podrían terminar renunciando.
Pero la inminente resolución también pondrá al Poder Ejecutivo ante la situación de tener que impulsar la renovación y ampliación de la estructura de Casación, que ahora tiene cuatro salas de tres miembros cada una. Para el Gobierno, sería también una oportunidad de designar nuevos jueces. El dictamen de Righi dice: habrá que “reformular los cuerpos judiciales competentes para conocer del recurso de casación” ante “el impacto que la ampliación de los casos traerá para unos tribunales organizados en torno de un recurso muy limitado”.
No será el primer llamado de atención de la Corte a la Cámara de Casación. Este año, en un fallo específico, le advirtieron que siempre debe expedirse como instancia intermedia, en lugar de enviarle automáticamente los expedientes. Esta tendencia en el alto tribunal tiene una explicación: busca achicar sus competencias cada vez más para dedicarse al control de constitucionalidad y a unos pocos casos por año que tengan relevancia institucional, al estilo de la Corte norteamericana. El dictamen de Righi explica que la revisión de la condena en una segunda instancia, apunta a minimizar “la amenaza del error judicial” capaz de generar “sentencias injustas”. Recuerda que es un derecho que reconocen la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos. “El tribunal de casación, en lugar de cerrar su competencia alegando defectos formales, debe facilitar la revisión en razón de la gravedad de las consecuencias”, señala el procurador. Entre Sus Señorías de la Corte tal vez haya algunas discrepancias sobre qué cuestiones pueden pasar de Casación a ser revisadas luego por el alto tribunal. El asunto tiene chances de ser resuelto en alguno de los próximos dos acuerdos, que son los últimos en los que participará Belluscio, que ya tiene su voto hecho.