Lunes, 12 de junio de 2006 | Hoy
Por H. V.
Horacio Jaunarena y Roberto Brinzoni postularon la creación de un ministerio de Defensa y Seguridad, que mezclara esas funciones que las leyes separan. En 2001 el Congreso ya había rechazado una propuesta de Jaunarena para fusionar la Armada y la Prefectura Naval en una nueva Armadura, con funciones mixtas. Mientras López Murphy ocupó el ministerio, Jaunarena presidió la Comisión de Seguridad de la Cámara de Diputados, en cuya agenda incluyó los planes de contingencia en materia de seguridad y defensa civil. El primer rubro lo ejemplificó con los cortes de rutas y lo que llamó “indisciplina social”. En el segundo, mencionó interrupción de servicios públicos, catástrofes naturales y atentados terroristas, otra de las puertas que imaginó para el retorno militar a la seguridad interior.
Durante un seminario organizado por Eduardo Menem y Roberto Dromi en mayo de 2002, Jaunarena dijo que era necesaria “una mentalidad abierta para enfrentar los nuevos desafíos”. Ante una pregunta acerca de por qué nunca reglamentó la Ley de Defensa, promulgada en 1988, confesó que él siempre se había opuesto, lo cual equivale a una admisión de incumplimiento de sus deberes, y lo respaldó con una dudosa metáfora médica: “Pedirle a las Fuerzas Armadas que se hagan cargo de la seguridad interior si las fuerzas policiales y de seguridad son desbordadas, pero no permitirles que se entrenen y capaciten para ello es como decirle a un cirujano que debe operar pero sin dejarle que se ejercite”. La ley de seguridad sólo admite la actuación castrense en seguridad interior en caso de una agresión armada a una de sus unidades, en apoyo logístico por disposición del ministerio de Defensa y con unidades de combate ante algún hecho excepcional que desborde al sistema de seguridad interior policial. Este empleo subsidiario de las Fuerzas Armadas se considerará “excepcional”, requerirá la previa declaración por el Congreso del estado de sitio y no incidirá en la “doctrina, organización, equipamiento y capacitación de las Fuerzas Armadas”. Es decir, no se trata del médico que debe operar, sino de los bomberos que vienen a rescatar a médico y paciente si se incendia el hospital.
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