SOCIEDAD › TRABAJO ESCLAVO: UN JUEZ PUSO LA MAQUINARIA DEL EMPRESARIO PROCESADO A DISPOSICIóN DE LOS TRABAJADORES

Las máquinas de coser, para los que las trabajan

Un juez procesó a un empresario por explotar a indocumentados, reducirlos a la servidumbre e incumplir las leyes laborales. Y dispuso de las máquinas para que los trabajadores puedan seguir con la actividad.

 Por Eduardo Videla

En un fallo inédito, el juez federal Sergio Torres procesó al dueño de un taller textil por delitos vinculados con el trabajo esclavo, embargó sus bienes por un millón de pesos y puso las maquinarias de ese taller “a disposición de una organización social” para que los trabajadores que se desempeñaban allí puedan seguir cumpliendo con su actividad laboral, asignando un “rol social y económico” a esos equipos. La maquinaria quedaría bajo la responsabilidad del INTI. Se trata del primer fallo en que se considera al propietario de la marca tan responsable como el tallerista que explota a los costureros por los delitos investigados, mediante la aplicación de la Ley de Trabajo a Domicilio.

El caso en el que se expidió Torres es el del taller ubicado en la calle Deán Funes 1754/1760, en Parque de los Patricios, allanado en mayo de este año a partir de la denuncia realizada por una trabajadora costurera. De acuerdo con la denuncia, en el taller trabajaban unas cincuenta personas, todas de nacionalidad boliviana, algunas de ellas indocumentadas, y entre las que había unos veinte menores de entre 13 y 15 años de edad. El horario de trabajo que cumplían, en un solo turno, era de 7 a 23 los días hábiles y los sábados hasta las 18.

El taller era propiedad del ciudadano coreano Ki Sum Kim, quien además es dueño de un comercio de ropa ubicado en la calle Avellaneda, en Flores. Había designado como responsable del taller a Eloy René Chuca Aduviri, de nacionalidad boliviana. “Apenas se produjo el allanamiento se presentó el abogado de la Cámara Coreana de Empresarios Textiles, Alejandro Macedo”, comentó a este diario el abogado Rodolfo Yanzón, querellante en la causa. Macedo fue defensor del represor José Berthier, condenado por la apropiación de una hija de desaparecidos.

El juez Torres procesó a Kim y a Chuca Aduviri por los delitos de reducción a la servidumbre del personal a su cargo (artículo 140 del Código Penal), infracción a la ley de Migraciones (por contratar a trabajadores indocumentados) y a la ley de Trabajo a Domicilio (12.713).

En efecto, el juez consideró que hay semiplena prueba de reducción a la servidumbre, ya que en el taller “la mayoría de las víctimas eran extranjeros en situaciones migratorias irregulares, situación de vulnerabilidad que fue aprovechada por los imputados para someter a estas personas, pues carecían de opciones dignas de trabajo”. De los testimonios reunidos surgió que en el taller se encontraban “a altas horas de la noche varias personas mayores de edad, gran cantidad de máquinas de coser, cantidades de telas y prendas en confección, las que junto a las características del lugar –falta de higiene, ausencia de ventilación– termina de configurar el estado compatible con la situación de servidumbre”.

En cuanto a la Ley de Trabajo a Domicilio, el juez acreditó que “ninguno de los costureros empleados por Kim y Chuca Aduviri se encontraban en blanco, así como tampoco habilitado el inmueble por las autoridades pertinentes, agregado a ello los magros salarios reconocidos por las partes”. Según los testimonios, los empleados cobraban entre 400 y 1000 pesos mensuales.

“No podíamos salir para nada. Nos decían que como no teníamos documentos nos iban a agarrar y nos iban a meter presos. Teníamos mucho miedo. No hablábamos por teléfono con nadie y sólo nos conocíamos los que estábamos ahí adentro”, relató un testigo de identidad reservada, según consta en la causa.

En base a las pruebas reunidas, Torres procesó, sin prisión preventiva, al empresario Kim y al tallerista Chuca Aduviri, y embargó los bienes de ambos hasta cubrir un millón de pesos por cabeza. No es la primera vez que un tallerista es procesado por un caso de trabajo esclavo: ya lo había hecho el juez Norberto Oyarbide en una causa contra un tallerista de Parque Avellaneda. “Pero es la primera vez que se aplica la ley de trabajo a domicilio y se hace responsable solidaria a la marca”, destacó Gustavo Vera, de la Fundación La Alameda, denunciante en la causa.

Lo más novedoso del fallo, sin embargo, es la orden del juez para que se ponga “la totalidad de las máquinas textiles” que se encuentran en el inmueble de la calle Deán Funes “a disposición de una organización social a los efectos de que por su intermedio se continúe la actividad laboral, cumpliendo de esa forma con el rol social y económico” a las que pueden ser destinadas. También le propone al querellante (la Liga por los Derechos Humanos) que fije un lugar donde pueden ser trasladadas las máquinas.

La Liga le hará saber hoy al juez Torres que el lugar asignado es un local que provisoriamente utiliza La Alameda, alquilado por la Corporación Buenos Aires Sur, en Parque Avellaneda. La entidad que dispondrá de las máquinas sería el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).

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En el taller clandestino de la calle Deán Funes trabajaban unos cincuenta extranjeros indocumentados.
Imagen: Télam
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