Viernes, 17 de octubre de 2014 | Hoy
SOCIEDAD › RECHAZO A LA PRISION DOMICILIARIA DE DOS ABUSADORES
El Consejo Nacional de las Mujeres repudió el beneficio de cumplir la pena en su casa del padre y el abuelo condenados por abusar de sus hijas y nietas. Otros casos similares.
Por Mariana Carbajal
El Consejo Nacional de las Mujeres calificó como “vergonzoso” el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N 1 de Azul que benefició con prisión domiciliaria a dos hombres de Olavarría, Osvaldo Víctor Sosa y Guillermo Sosa, padre e hijo, condenados cada uno a ocho años de prisión por abusar sexualmente por más de una década de tres niñas, que eran sus nietas e hijas, respectivamente, un caso que fue revelado por Página/12. “Las jóvenes, que sufrieron estos abusos desde que eran pequeñas, tendrán que tratar de superar graves secuelas toda su vida”, señaló el organismo encabezado por Mariana Gras Buscetto. Las víctimas denunciaron que se cruzaron con sus victimarios por las calles de Olavarría. Pero no son los únicos condenados en esa localidad bonaerense por tribunales de Azul por abuso sexual que están en libertad, con el criterio de que el fallo no está firme y no hay peligro de fuga: es el caso de un hombre sentenciado esta semana a 4 años y 6 meses por abusar de la hija de su pareja; un ginecólogo que abusó de sus pacientes y recibió en 2012 una pena de 3 años y 7 meses de prisión; un padre que violó sistemáticamente a sus dos hijas –una de las cuales tuvo una hija con graves discapacidades mentales como consecuencia de esas vejaciones– y lo condenaron a 30 años de cárcel, y otro hombre al que le aplicaron una pena de 7 años por abusar y violar a su sobrina de 8 años.
En relación con el caso de los Sosa, el CNM consideró que la concesión del beneficio de la prisión domiciliaria, dictada el 2 de julio por el TOC N 1 de Azul, con la firma del juez Joaquín Duba, “vulnera en forma flagrante los derechos de las mujeres, niños, niñas y adolescentes reconocidos en nuestra legislación y en la normativa internacional”. Y más adelante, el organismo advierte que la decisión judicial “de forma vergonzosa, infringe y desconoce la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales y la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”.
Guillermo Sosa y su padre, Osvaldo Sosa, fueron beneficiados con prisión domiciliaria hasta que la sentencia quede firme, porque según el tribunal “no tenían antecedentes penales” y por “el buen concepto del que serían merecedores”, entre sus conocidos, a pesar del reclamo de las víctimas de que cumplan la condena en la cárcel. “Este fallo judicial supone una revictimización de las mujeres que han padecido el abuso porque las expone a cruzarse con los agresores y no los aparta de la sociedad de inmediato. Constituye violencia institucional que un tribunal no reconozca como suficiente antecedente los delitos probados, continuos y sostenidos durante más de una década contra ellas. Además de la violencia simbólica que supone lanzar un mensaje de desprotección a la sociedad, especialmente a las mujeres en situación de violencia, necesitadas de la colaboración y el apoyo de todos los poderes del Estado para poder salir de esa espiral”, advirtió el CNM.
El fiscal que actuó en el caso, Martín Pizzolo, pidió la prisión efectiva de los victimarios, pero su pedido fue rechazado. Lo mismo ocurrió en otros casos en los que intervino el mismo TOC N 1 de Azul. Esta semana fue condenado Aníbal Flores por abusar sexualmente de la hija de su concubina. En junio el mismo tribunal condenó a 7 años de prisión a Walter Portal por igual delito cometido contra una de sus sobrinas que al momento del hecho era menor de edad. En estos dos juicios ni siquiera se dispuso la prisión domiciliaria para los condenados: directamente el TOC N 1 los dejó en libertad hasta que la condena quede firme. Sólo les ordenó fijar domicilio y someterse al control del Patronato de Liberados durante el tiempo que dure la pena.
En 2012, el mismo TOC N1 de Azul condenó al ginecólogo y obstetra Jorge Lescano por abusar sexualmente de tres de sus pacientes y de una colega con la que trabajaba en una clínica privada, en la ciudad de Olavarría. Tal como informó oportunamente este diario, el médico fue hallado culpable de cuatro hechos de abuso sexual simple y sentenciado a tres años y siete meses de prisión y seis años de inhabilitación en un juicio que no fue público y se hizo a puertas cerradas para preservar la intimidad de las mujeres que lo denunciaron. Las abogadas Elda Donatelli y Valeria Sansimoni, representantes de las denunciantes como “particulares damnificados”, habían pedido una pena de 12 años de prisión y 10 años de inhabilitación para ejercer la profesión, igual que el fiscal Pizzolo. Lescano también quedó en libertad hasta que la sentencia quede firme. El médico apeló el fallo. La Cámara de Casación Penal confirmó la pena, pero Lescano volvió a apelar y el expediente se encuentra ahora en la Corte bonaerense, según informaron a Página/12 fuentes de los Tribunales de Azul. “El criterio que rige es que si no hay indicio de fuga y la sentencia no está firme, no se los detiene”, señaló la fuente.
Más indignación aún causó en Olavarría el caso de otro hombre, condenado por el TOC N 2 de Azul a 30 años de prisión en agosto de 2009 por violar a sus dos hijas, una de las cuales llegó a quedar embarazada como consecuencia de las vejaciones y tuvo una hija con severas deficiencias mentales. En ese caso, el tribunal ordenó que fuera detenido. Pero, según informó el portal infoeme.com, la Sala I de Casación Penal bonaerense, por mayoría, ordenó su libertad, al hacer lugar a un hábeas corpus presentado por su defensa. La decisión se funda en que, por el momento, no existen antecedentes de que el acusado se fugará, dado que tampoco lo hizo durante el tiempo en que estuvo procesado: llegó al juicio en libertad. Sobre la apelación del fallo, Casación todavía no se pronunció. El hombre abusaba de sus hijas “bajo amenaza de internarlas en un instituto de menores si contaban lo que ocurría”, destacaron los jueces en la sentencia de primera instancia. Los abusos, según quedó probado, se prolongaron entre 1999 hasta enero de 2006, cuando fue radicada en la Policía la denuncia que diera lugar a la causa judicial. La denunciante fue la mamá de las niñas y pareja del imputado, a quien descubrió en momentos que estaba abusando sexualmente de una de sus hijas.
“Todos y todas debemos combatir y repudiar este tipo de prácticas judiciales inaceptables que atentan contra la integridad y la seguridad de miles de mujeres y niñas. Queremos convocar fuertemente a todos/as los/as actores comprometidos para erradicar la violencia contra las mujeres a seguir trabajando para que estas prácticas no tengan lugar en ningún estamento de nuestra sociedad y a redoblar los esfuerzos, porque creemos en una vida libre de violencias”, pidió el Consejo Nacional de las Mujeres.
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