SOCIEDAD › CONDENAN A UN HOMBRE POR NO
PAGAR LA CUOTA ALIMENTARIA A SU HIJA
Sábados y domingos en el calabozo
El fallo, considerado inédito, le permite al hombre seguir trabajando para cumplir con su obligación. Lo dictó un juez de Rosario.
Al hombre se le acabó eso de programar el fin de semana. Como no cumplía con el pago de la cuota de alimentos de su hija, un juez lo condenó a seis meses de prisión efectiva. Lo curioso del caso es que podrá cumplir esa pena bajo un régimen novedoso: presentándose cada sábado en la comisaría de su barrio, donde estará entre rejas hasta el lunes por la mañana. El magistrado que dictó la sentencia consideró que, de esa manera, nada le impedirá presentarse a trabajar y así tener dinero para cumplir con el pago de alimentos para su hija de 11 años.
El caso ocurrió en Rosario y fue protagonizado por un hombre de 39 años, cuya identidad no trascendió para proteger a la nena. De acuerdo con lo informado por fuentes judiciales, es un operario gráfico que –además de no cumplir con el pago de la cuota alimentaria– negaba ser el padre de la criatura. Su planteo tenía un asidero endeble: que el nacimiento de la nena se había producido poco después del divorcio de la pareja, en 1993. Sin embargo, el argumento se pulverizó cuando un examen genético demostró la coincidencia del ADN de padre e hija.
El juez en lo Correccional de Rosario, Edgardo Bistoletti, decidió condenarlo a cumplir seis meses de prisión efectiva bajo un sistema innovador. Los sábados a las 18, el padre dirigirá sus pasos a la comisaría más cercana y allí se quedará hasta el lunes a las 6, de modo que pueda presentarse a su puesto de trabajo. El magistrado consideró que así obtendrá los recursos económicos necesarios para el pago de la cuota alimentaria. Cada fin de semana se le restará un día y medio a su condena, a modo de débito automático para una condena que –de no ser apelada– se cumplirá en cuotas durante dos años y dos meses. El fallo dictado por Bistoletti no tiene antecedentes. De hecho, el juez podía optar por condenarlo a cumplir prisión efectiva durante un año.
Silvana, la madre de la nena, contó en declaraciones radiales que el hombre “jamás vio a su hija desde los 11 meses hasta los 10 años”. Ese encuentro después de una década se produjo “porque la nena quiso verlo”, de acuerdo con lo referido por la mujer. También aseguró que en ese momento el padre se había comprometido a pagar 250 pesos mensuales, “pero jamás vi la plata y me mantuve con la ayuda de mis padres y los trabajos que tuve”, recordó. La demanda fue presentada por Silvana en noviembre de 2002.
Haydée Birgin, presidenta del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, explicó a Página/12 que “frente al delito, que es incumplimiento de deberes en la asistencia familiar, hay otras alternativas a la prisión. Es decir, la pena puede ser privativa de la libertad o tener otras modalidades de sanción que sea eficaz. En este caso, a la madre no le sirve de nada tenerlo preso y que no trabaje”. Por eso, la abogada calificó al fallo del juez Bistoletti como “muy sensato”.
“Décadas atrás, cuando los índices de trabajo en blanco eran mayores, podía detectarse a alguien que no cumpliera con el pago de la cuota y embargarle el sueldo. Hoy, cuando al menos un 40 por ciento de los argentinos tiene un trabajo informal, eso es imposible: es un problema muy grave”, sostuvo Birgin. Por otra parte, la abogada recordó una resolución reciente de la Corte Suprema de Justicia, donde se apuntó hacia las condiciones de los detenidos en las prisiones, y señaló que “con el estado de las cárceles no vamos a pensar que un hombre se reeduque en ese lugar. Ojalá que esta sentencia sea replicada”, concluyó Birgin.
Por lo general, los padres que cumplen penas por no asumir el pago de las manutenciones de sus hijos son condenados al detectarse que mienten respecto de su situación de empleo. Hubo un caso especial en Córdoba: en 2000, un juez mandó a la cárcel a un padre deudor que, además, era desocupado. Pero el magistrado entendió que no trabajaba por “holgazanería”.
En la ciudad donde se dictó el fallo, el Concejo Deliberante dispuso la creación de un registro de deudores alimentarios, que aún no se puso en marcha. La normativa fue aprobada en marzo de 2002 y establece que sidurante tres meses seguidos los padres no giran las partidas para la atención alimentaria de sus hijos, sus nombres aparecerán en un banco de datos público. Además, podrían verse impedidos a la hora de hacer trámites como renovar la licencia de conducir o habilitar un comercio. La misma norma dice que la municipalidad debe adherir a la ley provincial que regula el Registro de Deudores Morosos Alimentarios, paso que aún no fue concretado. Este tipo de registros existe de forma diseminada en algunas provincias y en la Ciudad de Buenos Aires.
Ayer, la mujer que denunció el caso contó que su hija le preguntó por qué su padre iba a tener que estar preso. Ella optó por contestarle que hubo un juez que así lo dispuso para defender sus derechos. Según contó la mamá, la nena ya decidió que visitará a su padre en la comisaría.
Informe: Daniela Bordón.