SOCIEDAD
Una recomendación para no pagar
las fotomultas de las provincias
Para la ombudsman porteña, son ilegítimas las multas que hacen en rutas nacionales comunas de Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba.
La defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires recomendó a los conductores porteños no pagar las “multas fotográficas” por supuestas infracciones en rutas de Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba. La Defensoría preparó modelos de cartas documento para que los automovilistas las envíen a los municipios que imponen esas sanciones. En el organismo se acumulan cerca de 800 denuncias de conductores que recibieron estas intimaciones. Según la ombudsman Alicia Pierini, el sistema de multas fotográficas “sólo tiene el propósito de hacer recaudación” y “se trata de un negocio montado entre gestorías y autoridades municipales”.
“En la Defensoría tenemos ya 767 denuncias de conductores cuyos vehículos están radicados en la Ciudad de Buenos Aires y que recibieron boletas de multas de tránsito por infracciones en Santa Fe, Entre Ríos y Córdoba”, precisó Alicia Pierini, defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. La funcionaria aclaró que “en las rutas nacionales ninguna provincia tiene poder de policía y tampoco lo tiene ningún municipio: el control está a cargo de Vialidad Nacional y eventualmente de la Gendarmería”.
“Lo que pasa –prosiguió Pierini– es que algunos municipios quieren hacer recaudación a costa de los que transitan por las rutas nacionales e incluso algunas rutas provinciales.”
Además, según la defensora, “las intimaciones vienen con la indicación de una gestoría, que se hace cargo de los cobros. Evidentemente se trata de un negocio montado entre gestores y autoridades municipales”.
La Defensoría preparó “una nota modelo, que ponemos a disposición del ciudadano que tenga este problema; en los próximos días se podrá acceder a ella por internet: hay modelos de nota específicos para los casos de Santa Fe, de Entre Ríos y de Córdoba”.
¿Es necesario enviar esa carta documento o bastaría simplemente con no responder a las intimaciones de pago de esos municipios? “Es preferible impugnar la multa por un método fehaciente como la carta documento: el riesgo sería que el municipio iniciara un juicio. De todos modos hasta ahora no sabemos que hayan intentado ningún juicio porque el sistema ya viene muy cuestionado”, afirmó Pierini. En cuanto a la posibilidad de que la supuesta deuda ocasionara algún problema a la hora de vender el vehículo, “debe descartarse, porque si el auto está inscripto en la Ciudad de Buenos Aires, lo que se verifica cuando se vende es lo que adeude en esta jurisdicción”.
Además, Pierini advirtió que “según la Ley Nacional de Tránsito, cuando se trata de una infracción cometida a más de 60 kilómetros del domicilio del conductor éste tiene derecho a solicitar que las actuaciones se remitan para ser juzgado en la jurisdicción correspondiente a su domicilio”.
Según un informe técnico producido por la Defensoría, “en la provincia de Córdoba se comprobó que la mayoría de los municipios que utilizan radares no cumplen con la obligación de identificar el equipo; y en otros casos tampoco cuentan con el permiso que debe otorgar la autoridad local”. Pierini puntualizó que “en la última reunión de defensores del Pueblo, que incluyó al de Santa Fe y al de Córdoba, hubo unanimidad con respecto a que las fotomultas municipales no son válidas”. El año pasado, Carlos Bermúdez, defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe, reclamó “la suspensión lisa y llana” de estos sistemas.
En Entre Ríos no hay Defensoría del Pueblo provincial. Allí, el Estado provincial entró en conflicto directo con los municipios que aplican el sistema de fotomultas: “La Secretaría de Transportes de la provincia le solicitó al fiscal de Estado provincial un dictamen de opinión, y la fiscalía sostuvo que los municipios no tienen competencia para hacer control caminero en las rutas provinciales –contó la defensora porteña–: mucho menos podrían hacerlo en rutas nacionales”.