SOCIEDAD › OPINION
El punto
Por María Orsenigo y Silvia Stuchlik *
La discusión planteada en el Congreso nacional sobre el tema de infancia y adolescencia parece retrotraernos permanentemente a un mismo punto de partida, desconociendo todos los acuerdos programáticos previos.
En noviembre del año pasado, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la Ley de Protección Integral, en consonancia con la Convención sobre los Derechos del Niño. La antigua ley del “patronato” condenó a miles de chicos privándolos de libertad por razones de pobreza, separándolos de su familia y de la sociedad.
Los proyectos en el Senado abundan en la discrecionalidad judicial o proponen lisa y llanamente bajar la edad de imputabilidad a los 14 años, utilizando la legislación vigente para los menores. Ambos son más de lo mismo. No resuelven por justicia, ni por derechos; resuelven por pobreza.
El Estado no puede ni debe responsabilizar penalmente a ningún ciudadano si no lo considera previamente sujeto activo de derechos. Por eso es necesario sancionar rápidamente ambas leyes teniendo en cuenta dos consideraciones:
u La Ley de Protección Integral de Derechos para niños, niñas y adolescentes debe respetar el espíritu acordado en Diputados.
u La nueva ley penal para jóvenes debe establecer sanciones claras para los autores de delito, debe incorporar el criterio de responsabilidad penal y la privación de libertad debe ser el último recurso a aplicar. Es competencia de los Ejecutivos implementar los mecanismos alternativos a la institucionalización, hoy inexistentes. El Poder Judicial deberá actuar exento de todo el poder que le concede la discrecionalidad.
La ley penal juvenil no resuelve los problemas de seguridad. Un país que generó en la última década millones de pobres, entre los cuales más de 7 millones son niños, no debería como paso siguiente sancionar leyes represivas contra nuestros chicos, como si ellos fueran los culpables. Los adultos somos los únicos responsables de esta situación.
Cualquier discusión seria sobre el futuro de la infancia y la adolescencia debería enmarcarse en la Constitución nacional que incorporó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1994 y los demás tratados y acuerdos nacionales e internacionales de protección de los derechos humanos. Y tomar como ejemplo las nuevas leyes provinciales que fueron pioneras de la protección integral.
La tendencia perversa a retornar siempre “al punto cero” y a discutir la base sobre la cual se construye la idea de infancia y adolescencia demuestra que el conflicto entre el viejo patronato y la protección integral no está cerrado. Está abierto y peligrosamente vigente. Los acuerdos preexistentes deberán ser el punto de partida desde el cual el próximo gobierno tendrá que definir las nuevas políticas públicas en la materia.
* Analistas de políticas públicas de infancia y adolescencia