Jueves, 27 de octubre de 2011 | Hoy
23:56 › LA NECESIDAD DE CAPITAL
El Banco Central reforzó con dos nuevas normas el control sobre la liquidación y compra de dólares en el país para hacer frente a la dolarización y fuga de capitales. Las primera medida apunta a registrar la venta activos y empresas de residentes locales a extranjeros y la otra a profundizar las regulaciones existentes para la compra de moneda extranjera sin destino específico. Ayer, se anunció mediante el boletín oficial que las empresas mineras y petroleras deberán liquidar la totalidad de las divisas que generen sus exportaciones en el mercado cambiario local.
En relación con la primera decisión, el Banco Central informó que dispuso que en los casos de compras de empresas locales, aportes de capital o adquisición de inmuebles por parte de no residentes se deberá registrar el ingreso de los fondos en el mercado local de cambios al momento de efectuar la inversión.
La nueva norma establece como requisito en esos casos que, para una eventual repatriación al exterior de los fondos "sin la conformidad previa del Banco Central", se deberá haber registrado el ingreso de las divisas en el mercado local de cambios al momento de efectuar la inversión inicial.
"Si una empresa no residente compra una empresa local, y con posterioridad decidiera vender la misma a un residente, para poder remitir al exterior esos fondos sin requerir la conformidad del Banco Central se deberá demostrar que fueron ingresados los recursos en el mercado local de cambios al momento de comprar la empresa local en cuestión", explicó el BCRA.
La autoridad monetaria amplió que este nuevo requisito no alcanza a las inversiones realizadas con anterioridad a la fecha, a las inversiones que no se materializan con un desembolso de fondos, así como tampoco será necesario para el giro al exterior de las rentas generadas por las inversiones.
La segunda decisión profundizó los requisitos que ya debían cumplir quienes compran en un año calendario activos externos por montos superiores a los 250.000 dólares, "orientados a demostrar que los fondos aplicados a la compra están justificados fiscal y patrimonialmente".
"En lugar de establecer la compatibilidad de las compras de moneda extranjera con las declaraciones de bienes personales -según fija la norma hoy en vigencia- en adelante se deberá demostrar que se cuenta con fondos específicos justificados para aplicar a la compra de moneda extranjera", diferenció la entidad bancaria.
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