Lunes, 20 de agosto de 2012 | Hoy
21:31 › CóRDOBA
Las Madres del barrio Ituzaingó y la organización Paren de fumigar se concentrarán desde esta noche frente a los tribunales cordobeses a la espera del fallo por el juicio oral contra dos productores sojeros y el piloto encargado de fumigar los campos con agroquímicos. En el proceso se ventilaron las denuncias por 200 casos de cáncer, cien de ellos fatales. La Fiscalía además de solicitar penas de hasta cuatro años, solicitó prohibir las fumigaciones aéreas y limitar las terrestres a mil metros de distancia de centros poblacionales, de escuelas o de pozos de agua.
El abogado querellante, Medardo Ávila Vázquez, señaló que en el barrio Ituzaingó Anexo se espera "con mucha expectativa la sentencia, para saber si seguirán fumigando o si dictarán un fallo que reconozca que los derechos de la gente a la salud y a un ambiente sano están por encima de los agronegocios".
Vázquez aseguró que la expectativa se sostiene en que "la Justicia argentina goza de respeto en el mundo, porque es la única que juzgó a los propios genocidias sin necesidad de recurrir a tribunales internacionales".
En el momento de los alegatos, el fiscal Marcelo Novillo Corbalán pidió la pena de cuatro años de prisión efectiva para el productor Francisco Parra por considerarlo coautor del delito de contaminación ambiental e instigador del mismo delito. Asimismo, requirió tres años de prisión efectiva para el agrofumigador Edgardo Pancello por ser presunto autor de "la contaminación ambiental constatada, en 2008, cuando fumigaba un campo de Parra".
En cambio, por falta de pruebas, la Fiscalía pidió la absolución del productor Jorge Gabrielli, también imputado por presunto instigador del delito de contaminación ambiental a raíz de un fumigación concretada en su campo, en 2008.
En forma subsidiaria y para el caso de que el tribunal impusiera penas de prisión, pero de ejecución condicional, el fiscal solicitó que a Parra y a Pancello le impongan que, durante cuatro años, presten funciones gratuitas en un dispensario público o en el Hospital Oncológico.
"Ituzaingó Anexo es un barrio contaminado, enfermo, en terapia intensiva, que sufrió una agresión reiterada por fumigaciones de productos prohibidos y efectuadas a una distancia de un núcleo poblacional que no eran permitidas por ordenanzas vigentes en la ciudad de Córdoba", aseguró Novillo Corbalán en su alegato.
Por otra parte, Novillo Corbalán reclamó que se inste a que "se adelante la entrada en vigencia de la Resolución N° 511, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que prohíbe a partir de octubre de 2013 el uso de endusolfán" en las fumigaciones con fines agropecuarios.
El fiscal también requirió que se exhorte a las autoridades provinciales a que, hasta que entre en vigencia una ley nacional de agroquímicos, que se reforme la que rige en Córdoba (Ley 9164), para "prohibir las fumigaciones aéreas en la provincia, así como las terrestres realizadas a menos de mil metros de distancia de centros poblacionales, de escuelas o de pozos de agua".
Los hechos juzgados por el tribunal ocurrieron cuando la Municipalidad de la ciudad de Córdoba ya había declarado al grupo poblacional de barrio Ituzaingó Anexo en emergencia sanitaria, entre otras razones, por la presencia de productos contaminantes.
Según la acusación, en las fumigaciones realizadas sobre los campos ubicados en la inmediaciones de barrio se utilizó endosulfán y glifosato, en violación a la Ley de Agroquímicos de Córdoba N° 9164, que prohíbe la aplicación aérea de dichos productos agroquímicos en un radio menor a los 1.500 y 500 metros de distancia de las poblaciones urbanas, respectivamente.
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