13:33 › TRAGEDIA DE ONCE

Mario Cirigliano seguirá sin poder salir del país

La Cámara Federal confirmó la prohibición de salida sin autorización judicial a uno de los dueños de TBA. Había apelado la medida argumentando que le perjudicaría "eventuales compromisos laborales que tendría en el extranjero".

La Sala Segunda del tribunal de apelaciones ratificó la decisión adoptada por el juez federal Claudio Bonadio, quien investiga el accidente del 22 de febrero en la estación Once de la línea Sarmiento, dondo murieron 51 personas.

El empresario, hermano de Claudio Cirigliano y uno de los dueños de TBA, había apelado la medida argumentando que le perjudicaría "eventuales compromisos laborales que tendría en el extranjero", extremo que los jueces calificaron como "conjeturales".

Los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah desestimaron los argumentos del abogado Mario Laporta, quien "indicó que actualmente su asistido enfrenta una triple afectación: la caución real de cinco millones de pesos fijada en reemplazo de la prisión preventiva dictada, el cumplimiento por 'ósmosis' de las obligaciones del artículo 310 del Código Procesal Penal de la Nación y la imposibilidad de ausentarse del país aquí debatida".

Los magistrados explicaron que "la restricción impuesta sólo se presenta como una limitación propia de la causa penal que lo tiene como imputado y en la cual se han adoptado diversas medidas protectivas tendientes a neutralizar los riesgos existentes y garantizar los fines del proceso a través de mecanismos procesales menos lesivos que la privación de su libertad".

Además, recordaron que Mario Cirigliano está procesado, entre otros delitos, como jefe de una asociación ilícita y también subrayaron que cuando el juez Bonadio dispuso su prisión preventiva entendió "factible sustituir el encierro dispuesto por una caución real de cinco millones de pesos, evaluó y sostuvo expresamente la vigencia de la prohibición de egreso referida".

Finalmente, los camaristas apuntaron que "sólo resta agregar que los eventuales compromisos laborales que el imputado tendría en el extranjero, hasta ahora presentados como conjeturales, serán oportuno tema de análisis cuando, frente a una petición concreta, sea requerida una autorización en tal sentido".

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