Domingo, 26 de junio de 2016 | Hoy
Por Gustavo Veiga
A Hugo Moyano le rechazaron la medida cautelar que presentó contra la suspensión de las elecciones en la AFA con un argumento jurídico muy curioso. La jueza civil Marcela Eiff determinó que la resolución 827 de la IGJ que suspendió las elecciones de la AFA pautadas para el 30 de junio, ponía “en conocimiento de los asociados en primer lugar (quienes ejercerán de manera directa el derecho a voto) y del público (en general) la real situación de la AFA. Desconocer al momento del acto electoral la situación patrimonial no coadyuvaría el voto de los miembros toda vez que se desconocerían las medidas efectivas que cada candidato pudiera proponer como plataforma para paliar los efectos que la afecta”. ¿Acaso no sabían los presidenciables lo mal que se encuentra la AFA si son integrantes de su Comité Ejecutivo desde hace años? “Un fallo muy livianito” lo definió un especialista en derecho civil consultado por este cronista. “Un fallo muy dogmático que no va contra la cuestión de fondo del amparo que apelaremos mañana”, respondió Ricardo Nissen, el abogado y ex inspector de Justicia que contrató Moyano. Post data: la jueza no mencionó una línea en su sentencia que el fiscal Constante Moneda se había pronunciado a favor de la posición del presidente de Independiente.
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