Sábado, 13 de octubre de 2012 | Hoy
ECONOMíA › DEBERAN PEDIR PERMISO A LA AFIP PARA COMPRAR DIVISAS Y CERRAR OPERACIONES CON EL EXTERIOR
El organismo fiscal detectó facturas apócrifas de agencias de turismo para fraguar gastos en dólares en el exterior que en realidad no se habían realizado. De ese modo, se hacían de divisas. Ahora tendrán que aportar más datos y documentación.
La AFIP incorporó a los servicios turísticos dentro de las actividades obligadas a informar acerca de los contratos y las prestaciones realizadas en el exterior, según la resolución publicada ayer en el Boletín Oficial. La medida contempla la ampliación de la “Ventanilla Unica Electrónica del Comercio Exterior”, a través de la cual las empresas de viajes deberán desde este lunes presentar una declaración jurada anticipada para justificar el destino de las divisas que adquieran en el mercado de cambios en concepto de proveedores, la cual tendrá que ser validada por el organismo antes de acceder a la compra de moneda extranjera. La medida apunta a cerrar un nuevo canal de fuga de capitales, ya que el ente recaudador habría registrado casos de sobrefacturación desde el exterior a favor de estas agencias. La resolución alcanza a las agencias de viajes pero no al público.
La iniciativa surgió a partir de indicios hallados por la AFIP sobre el uso de facturas apócrifas por supuestos servicios turísticos contratados en el exterior, que sólo servirían como pantalla para obtener moneda extranjera. “La información sobre viajes y gastos de servicios contratados al exterior deberá ser incluida en la Declaración Jurada Anticipada de Servicios que tendrán que presentar los operadores turísticos”, según los considerandos de la resolución oficial, que agregó además la creación de la herramienta informática de la ventanilla única.
El presidente de la Cámara Argentina de Turismo (CAT), Oscar Ghezzi, quien se reunirá con las autoridades de la AFIP el próximo lunes, sostuvo que la medida no tendrá efectos negativos sobre el turismo. “No afectará en modo alguno a los pasajeros. Los verdaderos alcances y efectos de la normativa los conoceremos el 15 de octubre, luego de que la entidad se reúna con el equipo de la AFIP”, dijo Ghezzi. “Queremos aportarle tranquilidad tanto a los empresarios del sector como a los argentinos que están planificando sus vacaciones en el exterior”, agregó.
Sin embargo, fuentes del sector reconocieron a este diario que la medida implicará en los hechos un freno a las operaciones en el exterior. Las grandes agencias tienen espalda financiera para pactar con una cadena hotelera disponibilidad para toda la temporada y ofrecerla a sus clientes. Las pequeñas deberán hacerlo en el momento, lo que se verá obstaculizado por los tiempos burocráticos para la operación. Para el turista esto derivaría en una menor oferta.
“La ventanilla electrónica contendrá información sobre determinadas prestaciones de servicios efectuadas por sujetos del exterior a prestatarios residentes en el país y por prestadores residentes en el país a prestatarios del exterior”, afirma la publicación. La ampliación de esta herramienta permitirá incluir información correspondiente a los pasajes de viajes en buques o aeronaves, así como a los gastos de turismo y viajes por servicios contratados al exterior concertados por operadores turísticos que actúan en el país. Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de mañana, pero tendrán acceso a los bancos para comprar la moneda recién desde el lunes.
Si bien la adquisición de divisas requiere de la consulta previa de la AFIP, en el caso del código correspondiente a servicios de Turismo, la operación para las agencias se autorizaba y procesaba sin necesidad de la validación del organismo, de acuerdo con la resolución 635 del Banco Central. Sin embargo, ahora la presentación requerirá de validación de parte de la AFIP. Hasta ahora estaban comprendidos en la ventanilla electrónica los servicios de informática, patentes y marcas, regalías, derechos de autor, primas por préstamos de jugadores, servicios empresariales profesionales y técnicos, personales, culturales y recreativos y pagos de garantías comerciales por exportaciones de bienes y servicios.
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