Miércoles, 24 de septiembre de 2008 | Hoy
La Justicia confirmó ayer la inconstitucionalidad de la Resolución 125 que impuso las retenciones móviles a las exportaciones agrícolas, luego rechazadas por el Congreso, y ordenó al Estado nacional compensar a un productor agropecuario por las diferencias de lo que tributó mientras estuvieron vigentes. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal sostuvo que la resolución no es abstracta a pesar de que fue rechazada por el Congreso. Se trata de una causa que inició Gallo Llorente como representante de La Ganadera SRL y que en primera instancia también obtuvo un resultado favorable cuando, en junio, la jueza Liliana Heiland declaró inconstitucional la Resolución 125. Los magistrados de la Cámara, Marta Herrera y Guillermo Galli, entendieron que las retenciones que habían sido impuestas el 10 de marzo son un tributo y que éste debe ser establecido por una ley.
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