ECONOMíA › QUÉ HACER CON LOS DEPÓSITOS, QUE PASA SI CAE UN BANCO, LAS EXTRACCIONES

Todo lo que hay que saber para “optar”

El Plan Bonex optativo anunciado ayer por el ministro Lavagna es un calco del decreto que anticipó Página/12 en exclusiva el martes pasado. Los ahorristas tendrá a partir del lunes 30 días hábiles para escoger el siguiente “menú de opciones” de canje de bonos por su plazos fijos reprogramados:
- Depósitos de menos de 10.000 pesos. Los ahorristas podrán canjear sus plazos fijos por un bono en dólares a 3 años. Se pagará en tres cuotas anuales, las dos primeras por el 30 por ciento cada una y la última por el 40 por ciento restante. La primera cuota se abonará el 3 de mayo de 2003.
Ejemplo:
–Un depósito original de 5000 dólares, que fue pesificado a 7000 pesos. Si continúa en la reprogramación, el ahorrista cobrará los 7000 pesos a partir de enero de 2003 en 12 cuotas. El depósito se actualiza por el CER y paga una tasa de 2 por ciento anual. En cambio, si elige el bono, aspirará a cobrar 5000 dólares, más la tasa de interés internacional pagadera semestralmente, a partir del 3 de mayo próximo. Ese día cobraría 1500 dólares billete. El 3 de mayo del 2004, cobraría otros 1500 dólares billete. Los 2000 dólares restantes los cobraría el 3 de mayo de 2005.
- Mayores de 75 años, indemnizaciones laborales y personas con riesgo de vida: No importa si el depósito original fue en pesos o en dólares. Podrán optar por el mismo bono a 3 años en dólares, mencionado anteriormente.
Ejemplo:
–Un depósito de 50.000 dólares, pesificado a 70.000 pesos. Si continúa en la reprogramación el ahorrista recién empezará a cobrar los 70.000 pesos a partir de septiembre de 2003 en 24 cuotas mensuales, es decir, para terminar de recuperar el dinero a fines del 2005. El depósito se actualizará por el CER y devengará una tasa de interés del 2 por ciento anual. La alternativa es la promesa del Estado de devolverle los 50.000 dólares, en las mismas condiciones señaladas más arriba. En mayo de 2003, cobraría 15.000 dólares y así. Si confía en que el Estado no pateará esa obligación a futuro, en este caso el bono resulta claramente una mejor inversión.
- Plazo fijo original en dólares, que pesificados son mayores a 10.000 pesos. Se podrá optar por un bono en dólares a 10 años, que se pagará en dólares billete en 8 cuotas anuales, iguales y consecutivas que empezarán a oblarse a partir del 3 de febrero de 2005.
Ejemplo:
–Un depósito de 10.000 dólares que fue pesificado por 14.000 pesos. Si continúa en la reprogramación, se le devolverán los 14.000 pesos en 12 cuotas mensuales a partir de agosto de 2002. Con el bono tendrá la opción de recuperar los 10.000 dolares, pero recién en el 2005 empezará a cobrar la primera cuota de capital de depósito: 1250 dólares. Y terminará de recuperarlo el 3 de febrero de 2012.
- Plazo fijo original en pesos. Los inferiores a 10.000 pesos ya se están devolviendo en cuotas desde marzo pasado. El resto podrá canjear su depósito por un bono en pesos a 5 años. Se pagará en 8 cuotas semestrales, iguales y consecutivas a partir del 3 de agosto de 2003. Pagará semestralmente una tasa de interés del 2 por ciento anual y el capital se ajustará por el CER.
- Cuentas a la vista: se podrá mantener el dinero como hasta ahora, para realizar todo tipo de operaciones electrónicas, o ir retirándolo en efectivo a razón de 1200 pesos mensuales. La alternativa es suscribir cualquiera de los siguientes bonos: en dólares a 10 años, a razón de 1,40 peso por dólar; en pesos a 5 años; o en dólares a 3 años. En este último caso, sin embargo, el tipo de cambio para adquirir los dólares surgirá de una licitación pública: así, la cotización sería inferior al dólar de mercado, pero superior a 1,40 peso.
- Usos para los bonos:
–Comprar viviendas en construcción; automotores 0 km, máquinas agrícolas, viales e industriales, e inmuebles del Estado. –Cancelar créditos hipotecarios de vivienda única y familiar, y préstamos personales.
En todos los casos, el Ministerio de Economía debe reglamentar las condiciones, plazos y porcentajes de los bonos que se podrán destinar a esas operaciones.
- Usos para los certificados de plazos fijos: se registrarán en la Caja de Valores y podrán comprarse y venderse como hasta ahora. Para que este “mercado” siga existiendo continuará la posibilidad de cancelar deudas bancarias con certificados de plazos fijos, siempre que se trate de un depósito del mismo banco. Actualmente, la venta de plazo fijo se realiza con un descuento del 20 por ciento promedio sobre el valor pesificado. Así, un depósito por 10.000 dólares, pesificado a 14.000 pesos, puede ser vendido por 11.200 pesos en cash.
- ¿Qué pasa si cierra un banco?: Hasta ahora, los depósitos de menos de 30.000 dólares estaban garantizados por SEDESA, el fondo de garantía de los depósitos más pequeños. Sin embargo, el decreto dice que “si los fondos de SEDESA no fueran suficientes” para responder a los depositantes del banco suspendido, a éstos se les entregará un bono en pesos a 5 años. Las condiciones de pago y tasa de interés de estos bonos en pesos son las mismas que las estipuladas para los plazos fijos originales en pesos (ver más arriba).
Ejemplo:
–Un depósito de 10.000 dólares, pesificado en 14.000 pesos, se canjeará por un bono en pesos por 14.000 pesos. En cambio, si el depositante del banco caído quisiera optar por el bono en dólares a 10 años no podrá recuperar sus 10.000 dólares en un bono. Deberá pagar el tipo de cambio libre “a la fecha de la revocación de la autorización para operar de la entidad”. Traducido: hoy debería pagar 3,65 pesos por dólar, o sea que con los 14.000 pesos podría comprar un bono a 10 años por sólo 3835 dólares.
El decreto también prevé qué cuentas deberá pagar el banco en efectivo dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de suspensión:
–Salarios: la última acreditación con un mínimo de 1200 pesos.
–Jubilaciones y pensiones: en su totalidad.
–Cajas de ahorro y cuentas corriente: hasta 1200 pesos.
- Límites de extracción: no hay ningún cambio. Continúa el límite actual de 1200 pesos mensuales (300 semanales). Tampoco hay tope a la extracción de las cuentas sueldo.
- Cuentas libres: se crea un sistema de libre disponibilidad, siempre que los depósitos sean realizados en efectivo; es decir, con recursos fuera del corralito.

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  • LAVAGNA EXPLICO EL DECRETO PARA EL CORRALITO
    Las falacias del plan bonex
    Por Maximiliano Montenegro

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