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Porque “no engañó a doña Rosa”, Moneta fue sobreseído por Canicoba

Desestimando la acusación del Banco Central, Canicoba Corral sobreseyó a los imputados por la caída del Mendoza y el República.

 Por Susana Viau

El juez federal Rodolfo Canicoba Corral puso fin al prolongado inmovilismo de la causa abierta por las caídas de los bancos Mendoza y República, y sobreseyó a todos los imputados, entre los que se cuentan el ex financista del menemismo Raúl Juan Pedro Moneta, su tío Benito Jaime Lucini y su primo Pablo Lucini. La resolución llevaba un año de retraso y el último plazo fijado por la Cámara había expirado a mediados de agosto. Cierto es que el magistrado tenía sobre el escritorio otros temas quemantes: interviene también en la investigación del atentado a la AMIA y ha sido elogiado por reclamar la comparecencia del ex presidente de Irán Alí Rafsanjani y varios de sus funcionarios. Una absoluta casualidad hace ahora coincidir el polémico fallo que involucra a Moneta con la presentación del presidente Néstor Kirchner en la asamblea de la ONU donde hizo mención a la falta de colaboración iraní en la causa.

El texto firmado el jueves sobresee al mediático banquero y carga la romana sobre el Banco Central (BCRA). Lo hace con el mismo argumento que el propietario de los caballos danzarines sostiene desde el cierre de las entidades, en 1999: no se le hizo daño a nadie. Además de Moneta y su parentela, la medida incluye a cinco altos ejecutivos del banco, entre los que figura Eduardo Antonio Lede, quien antes de aterrizar de apuro en el República había ocupado un cargo de gran importancia en el Citibank de México durante el escándalo que arrasó el gobierno de Salinas de Gortari.

Canicoba Corral, en su pronunciamiento, desestima el perjuicio patrimonial del que el BCRA declara haber sido víctima puesto que, mediante engaños, Moneta y sus ejecutivos ocultaron que tanto el Banco República como el Federal Bank y el CEI pertenecían a un mismo grupo financiero. Canicoba descalifica el reclamo con argumentos que se asemejan a la estrategia procesal del ex banquero, quien sostuvo como eximente que, en el peor de los casos, “yo no engañé a doña Rosa”. En esa línea, el juez sostiene que de las propias inspecciones realizadas por los técnicos del BCRA “surgían elementos que hacían pensar que la realidad era diferente a la manifestada”. Y va todavía más allá: agrega que no puede asegurarse que, aún en posesión de todos los elementos de juicio, los reiterados beneficios acordados por el BCRA al República “no se hubieran otorgado igualmente”.

La resolución, por momentos sorprendente, indica que pese a que “muchos de los hechos investigados se encuentran probados, no resultan relevantes en función de los tipos penales en los que podrían llegar a encuadrar” y quizá pudieran ser analizados en otro marco, por ejemplo como “faltas administrativas en algunos de los expedientes que todavía se están sustanciando en el Banco Central”. Es que, insiste, “los hechos investigados no han perjudicado patrimonialmente ni a los ahorristas, ni a los empleados de los bancos, ni a ningún otro particular y el único que se presentó manifestando una afectación en tal sentido fue el BCRA”.

En contraste con la levedad del tirón de orejas propinado a Moneta y sus socios, el magistrado le enrostra con dureza al Central un dato de dudosa validez jurídica: “Asumió el rol procesal de querellante –dice– seis años después de ocurridos los hechos, no se presentó por no haber cobrado aquella asistencia por iliquidez (redescuentos) que en algún momento otorgó –por el contrario, dichos montos fueron recuperados con sus intereses– sino que lo hizo a partir de una alambicada y particular interpretación construida en base a cargos (...) que habría dejado de percibir”.

Con un tono más acorde con el alegato de un defensor, Canicoba Corral concluye que “en definitiva (...) algunos hechos no ocurrieron como se sostenía, otros se encontraban permitidos por la normativa o por las facultades que posee la propia autoridad de control (BCRA) y otros carecen de algunos de los elementos requeridos por las figuras penales en las que tanto el acusador público como el particular pretendieron enmarcarlos”. En síntesis, que sólo se trató de un malentendido y aquí no ha pasado nada.

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El banquero fue beneficiado, igual que su tío y su primo.
 
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